No tengo compromisos políticos ni económicos con ninguna persona o institución, si así pareciera es simple error de redacción. Jesús Alberto Jiménez Peraza.

sábado, 17 de febrero de 2024

A las puertas de un nuevo proceso electoral.

 

Jesús A. Jiménez Peraza

@jesusajimenezp

 

Durante el año 2024 deberán celebrarse elecciones presidenciales en Venezuela, no precisamente gracias al Acuerdo de Barbados celebrado entre el gobierno nacional y la llamada Plataforma Unitaria, conformada por un sector que asumió unilateralmente  la representación de la oposición. En todo caso cualquier convenio político que ayude a solventar la tirantez generalizada en la cual está sumido el país es conveniente, siempre que no se coarten o reduzcan derechos políticos suficientemente otorgados en la legislación.

Las elecciones periódicas cada seis años para el Presidente de la República;  cinco para Diputados y cuatro en el caso de Gobernadores y Alcaldes, responde al principio de alternabilidad, impuesto en el artículo 6 CN1999. Como hemos opinado en otras reflexiones anteriores, estos no son lapsos  graciosos o actos que pueden ser fijados a conveniencia, sino que por su naturaleza  son  reglados y estrictos.

Si bien la Constitución en vigencia, ni la de 1961, establecen de manera expresa cuando debe celebrarse la elección presidencial, por su importancia se debería aplicar en buen Derecho el principio de la permanencia constitucional, conforme al cual los dispositivos no expresamente derogados en una nueva Carta Magna continúan vigentes. Como la CN1953 (artículo 104) establecía que la elección se haría dentro de los tres meses anteriores al inicio del período, correspondería en la actualidad desde el 10 de octubre de 2024.

El derecho a postular candidatos lo confiere la Ley Orgánica de Procesos Electorales solo a las organizaciones con fines políticos (partidos); grupo de electores, por iniciativa propia y las comunidades indígenas en su ámbito.  Es evidente que en la actualidad la población venezolana ha reducido toda relación con los partidos políticos, pero en mi criterio esta postura más temprano que tarde debe ser revisada.

A la caída de la dictadura perezjimenista dichas organizaciones aglutinaron todas las simpatías, de allí el respaldo colectivo al Pacto de Punto Fijo. Los partidos tenían una filosofía, unos principios regentes y un líder principal, lo que garantizaba la militancia: Unión Republicana Democrática, de corte liberal con el Dr. Jóvito Villalba; Copei, basada en el socialcristiano y el Dr. Rafael Caldera y  Acción Democrática, partido social demócrata que se impuso en 1958, con el presidente don Rómulo Betancourt. Estos son hechos importantes de recordar porque han pasado más de seis décadas. Toda esta fuerza se debilitó fundamentalmente por la falta de democracia interna.

Acción Democrática, el de mayor base popular inicial controló la dirección del mismo valido de una poderosa maquinaria que pregonaba y, en efecto luchaba, por democracia para los venezolanos pero mantenía férrea dictadura dentro del seno interno. El caso  del presidente Betancourt, es excepcional y aleccionador, concluida su presidencia se residenció en Berna para no interferir las decisiones del presidente Leoni y a su regreso, al menos públicamente, tuvo participación modesta a pesar de su figura emblemática, dentro de su partido y el país.

En otros casos no se permitió el necesario relevo generacional para la candidatura presidencial, como el de Copei en 1988, donde evidentemente debió ser el Dr. Eduardo Fernández el abanderado, como en efecto fue,  pero debidamente avalado por el ex presidente Rafael Caldera.

Durante el socialismo del siglo XXI, el factor principal del debilitamiento de las entidades políticas quizás es la judicialización. Las Salas Electoral o Constitucional, en vez de imponer jurisdiccionalmente que se convocaran a los partidarios conforme su acta constitutiva – estatutos sociales, para designar autoridades y mantener la democracia intestina,  intervino los principales partidos y designó personas sin arraigo alguno o que responden a intereses extraños.

Alguna vez escribí, hoy lo repito, que una  concepción práctica de partidos políticos es considerarlos como organizaciones de interés público, compuestos por ciudadanos dedicados a diversas actividades, a través del cual se satisfacen los derechos  individuales de  sus integrantes y, cuyo fin, es buscar la conducción del Estado. Así como la familia es la célula fundamental de la sociedad, ellos lo son para la democracia.

De la definición destacamos que no pueden ser dedicados a la explotación de un interés económico o privado, para eso son las compañías mercantiles. No deben destinarse a agrupar personas con una actividad común, bien altruista, deportiva o artística, lo que corresponde a las cámaras, gremios, sindicatos, sociedades  civiles y fundaciones, el único derecho homogéneo entre sus integrantes es el constitucional de asociación para ejercer la hoy decapitada posibilidad de elegir y ser elegido.

Los partidos deberán ajustar sus estrategias, renovar sus directivas, establecer y modernizar doctrinas, prepararse para gobernar, luchar por obtener el bienestar social que realmente dignifique a los ciudadanos. El declive no es mal nacional en exclusiva, en todo el mundo vemos y sentimos la ausencia de coordinación en políticas y educación pública. La tierra se ha convertido en un campo de batalla sin respetar derechos naturales ni la conformación natural de la familia. Quiera la Divina Providencia que la campaña electoral y unas elecciones justas, limpias y ajustadas a la ley, marquen el rumbo hacia una nueva república. Dios bendiga a Venezuela!.

                                     
   jesusjimenezperaza@gmail.com                                                                                17/02/2024.

 

3 comentarios:

  1. Hola Jesús, muy apropiado y oportuno tu artículo de hoy, en el cual describes con claridad la realidad de las organizaciones políticas en general y el pobre desempeño y evolución de la clase política. La cual a través de los últimos 60 años, antepuso sus intereses particulares a los colectivos que propiciarán El Progreso y bienestar colectivos y ahora no poseen el respaldo popular. De allí que en ese periodo, se facilitó el engendro de falsos mesías, populistas, militaristas corruptos y demagogos, que detentan el desgobierno actual.

    ResponderEliminar
  2. Amigo, es bueno recordarle la historia contemporánea, a gente de mente olvidadiza.

    ResponderEliminar
  3. ,,,, Observaciones.
    1. La plataforma es un sector que representa a "una parte" de la oposición.
    2. No entiendo pq se niega el carácter de Constitución de la República Bolivariana de Venezuela CRBV, en cambio se usa CN1999.
    3. El acuerdo de Barbados estima que pueden se las elecciones en julio- Diciembre. Aplicar ese principio ignorando la CN 61, es sesgado.
    puede ser en cualquier mes del acuerdo.la Lopre, lo permite.
    4. A buen problemon, con los candidatos, deben estar habilitados. Nada se dice, sin embargo han tenido los opositores 6 años para seleccionarlo.,

    ResponderEliminar

La ley de Tierras a vuelo de pájaro.

  Jesús A. Jiménez Peraza @jesusajimenezp.   Se cumplen 19 años desde   la aprobación de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, pub...