Jesús
A. Jiménez Peraza.
@jesusajimenezp
La
metáfora del nudo gordiano procede de
una leyenda griega según la cual los habitantes de Frigia, actual Turquía, necesitaban precisamente elegir un rey, por lo
que recurrieron a las instrucciones de un oráculo, quien describió al potencial
elegido como quien pudiese entrar por la
Puerta del Este, acompañado de un cuervo posado sobre su carro y su lanza.
Estas
condiciones fueron cumplidas por un labrador llamado Gordias, sin riquezas
materiales, quien como agradecimiento a Zeus fundó la ciudad de Gordio y le
ofreció su única propiedad, un carruaje el cual ató junto a su lanza y un yugo
al templo de su Dios. Dicho nudo sería imposible de desatar como símbolo de permanencia
eterna, a pesar de constituir una situación anómala, compleja e insoluble.
A lo
largo de la historia nacional los diferentes problemas que pudiéramos graficar
como nudos, por estar conformados por un amalgamiento de situaciones difíciles,
han concluido generalmente, en sendas
reformas constitucionales.
Durante
el siglo XIX los conflictos de común respondían a hechos guerreristas entre las montoneras y
revoluciones intestinas. Quien tomara el poder promulgaba su Constitución. En
la primera mitad del siglo XX los cambios fueron pacíficos, controlados por
Juan Vicente Gómez para legalizar el cargo que quisiera ejercer durante el
período, o para tranquilizar al país, como cuando tuvo el objetivo específico
de prohibir propaganda comunista o subversiva.
A
través de la segunda mitad de la centuria, las reformas respondieron más a
situaciones políticas, como la muerte de Gómez que dio paso a la CN1936; la autorización
para la actuación directa de los miembros del partido comunista, reconocida en
la CN1945; el Decreto Revolucionario de 1946 que permitió la constituyente del siguiente año, de
corta vigencia; la Constitución de 1953
fue acto reflejo del golpe de octubre, que había derrocado al presidente Rómulo
Gallegos, hechos que a su vez generaron gran inestabilidad política y produjeron la renovación del militarismo. La
CN1961, vio la luz a consecuencia de
la caída de Marcos Pérez Jiménez,
marcando el inicio y el término de la República Civil.
Diferentes
conflictos sociales, el gigantismo repentino del Estado, la falta de democracia
interna en los partidos políticos y otros, recomendaban a gritos una reforma
constitucional, lo que fue encomendado a
una Comisión Bicameral presidida por el doctor Rafael Caldera, quien incluso
llegó a presentarlo ante el Congreso Nacional, pero nunca fue discutido en las
Cámaras.
La CN1999
ciertamente constituye un hito
histórico, ella fue producto de una asamblea constituyente originaria, lo que
en principio pareció conformar un gran consenso nacional, pero el problema
estuvo en que no había previsión legal para su formación, causando alteraciones
en la conformación lógica y democrática del órgano deliberante.
Aunque
la Constitución de 1999, tiene marcados aspectos positivos en cuanto al reconocimiento de los derechos humanos, ha
sufrido a lo largo de su vigencia una opaca interpretación tanto literal como
descriptiva o axiológica, cuya responsabilidad descansa fundamentalmente en la
Sala Constitucional, creada para ser su custodio y máximo intérprete. Es enorme
la responsabilidad de esta Sala puesto que además del control concentrado, que
le permite declarar nulidad de actos y leyes, tiene atribuido el deber de proteger
la ley suprema.
Pero
precisamente, los problemas puntuales en
la vida actual del país, devienen del hecho
que la Sala Constitucional no ha corregido entuertos mediante esa función
interpretativa amplia que tiene atribuida, porque si bien es cierto que la
actual Constitución siguiendo la línea de la CN1961, no tiene unas
instrucciones directas para corregir y solucionar los conflictos que puedan
suscitarse entre los Poderes Públicos, si tiene atribuida a diferencia de la anterior, las
herramientas o mejor dicho, el órgano competente para hacerlo, solo que éste no ha cumplido su
cometido.
Ejemplo
diáfano es la gravísima situación creada por los hechos del pasado 03 de enero
del presente año. Su análisis y la solución sin base firme ni legal, presentada por la Sala Constitucional ha
creado un panorama de mayor confusión, cuando bien pudo establecer mecanismos
cónsonos, con plazo prudente pero preestablecido, puesto la circunstancia es
novedosa con efectos nacionales e internacionales
de gran calibre.
La
necesidad urgente de la reinstitucionalización del país, incluida la
reorganización del Poder Judicial; renovación de otras autoridades y la
designación de un jefe del Estado, son
materias que deben ser abordadas por la Sala Constitucional, porque es
imposible recurrir en esta situación concreta, a reformas legislativas como
colcha de retazos o, a una revisión constitucional, como ha sido lo
tradicional.
La
falta de intervención convincente y cristalina de la Sala Constitucional puede
crear un verdadero nudo gordiano; su grandeza y justificación histórica es
evitar la formación del nudo. Dios bendiga a Venezuela!
jesusjimenezperaza@gmail.com
21/05/2026.
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