Jesús A. Jiménez Peraza.
Entre las múltiples obligaciones de Poncio Pilato, como gobernador de Roma en Judea, le correspondía administrar justicia. Ante un caso sencillo, no obstante ser a la postre el juicio más importante en la historia de la humanidad, sintió presión, temor y reverencia, sentimientos vedados en la conducta de un juez.
Jesús de Galilea había sido acusado de sedición e impedir el pago de tributos al imperio. Aunque Pilatos sabía que la acusación era infundada prefirió lavarse las manos y que la sentencia fuera dictada por el pueblo. Falló Pilatos al delegar su misión y falló el tribunal popular al decidir, ambos se equivocaron. Así comenzó una especie de maldición que impide a los hombres administrar debida justicia y designar a quienes deben hacerlo.
Estamos enfocados actualmente en el tema de la renovación del Máximo Tribunal de la República. Cada día se agregan ingredientes que hacen pensar que la administración de justicia y en general, el Poder Judicial, es la génesis de nuestros males. Acaba de salir a conocimiento público la coacción ejercida sobre una ex magistrada para inhabilitar a María Corina Machado y otros personajes, pero esta es solo una pequeña arista en el iceberg que apenas asoma.
Por cierto, es un tema sobre el cual no he visto mayor interés colectivo, lo que me parece muy grave, porque lo tomamos como ordinario y no con la connotación que merece. Las razones no están previstas como causa de nulidad de sentencia, menos en tribunal colegiado, tampoco dentro de las jurisprudencialmente aceptadas como procedentes para el recurso de revisión en la Sala Constitucional.
Pero la paz de la República pasa por la celebración de elecciones presidenciales, con los parámetros legales internos e internacionales generalmente admitidos y ello no sería posible sin la intervención activa de Maria Corina, lo que aconseja un rápido y bien sustentado acuerdo entre el Consejo Nacional Electoral y los diversos sectores políticos.
El TSJ forma parte de un sistema. A él corresponde conocer un mínimo de casos. Si no adelantamos coetáneamente la corrección en los vicios de toda la pirámide judicial, la ciudadanía no podrá gozar del servicio de justicia.
Pero no es fácil designar jueces. En el mundo se han probado diferentes mecanismos, ninguno es absolutamente seguro ni confiable. Con las calificaciones obtenidas en la universidad durante el pregrado y en posgrado, o con un concurso bien estructurado de conocimientos y credenciales podemos tener una idea de la capacitación necesaria para ocupar la magistratura dentro de cualquiera de las instancias judiciales, sin embargo la probidad, la honorabilidad y la responsabilidad son valores intrínsecos, innatos que solo pueden ser valorados durante el desempeño de sus funciones.
La elección popular tampoco es idónea, ya que los elegidos quedan sometidos a compromisos políticos y factores externos e imponderables. Igual dificultad se presenta en el caso de la escogencia de los jueces por los demás Poderes del Estado, tanto en forma directa como indirecta, que fue el impuesto por la CN1961, inicialmente a través del Ministerio de Justicia y en una segunda etapa, por el Consejo de la Judicatura.
Quizás la forma más apropiada es la auto germinación, en ella los jueces nacen dentro del propio Poder Judicial y escalan la pirámide con sus estudios, esfuerzos, experiencia positiva y control institucional y popular. Es una fórmula que lleva tiempo para perfeccionarse pero podemos pensar en ella a largo plazo.
Debemos partir del principio que la función del juez es diferente, en cuanto al enfoque del Derecho como ciencia, en relación a la aplicada por los abogados en general. De manera que se pueden escoger experimentalmente algunas Facultades de Derecho en universidades élites del país (UCV, UCAB, Carabobo, LUZ, ULA etc). Durante los tres primeros años el pensum sería común, el cual por cierto, es necesario revisar y corregir.
Dependiendo del requerimiento de personal para integrar la Magistratura, que debe ser precisado, se escogen los mejores alumnos para cursar durante los dos últimos años, materias especiales (técnicas de conciliación y arbitraje, redacción, informática y sus novedosos métodos, investigación criminal, ciencias financieras, lógica etc).
Al concluir el quinto año de sus estudios de pregrado, el abogado inicia la carrera judicial especializada en las diferentes áreas, con un posgrado judicial teórico y práctico; firma un compromiso de servicio permitiendo la revisión de sus estados financieros de por vida; tendrá un salario, y trabajará en los diferentes tribunales de la categoría inferior. Esta etapa se puede calcular en seis años.
Dependiendo de su rendimiento y según la necesidad de servicio tiene posibilidad de ser promovido a Primera Instancia, donde será designado juez titular, con la estabilidad y condiciones determinadas en la ley orgánica. Esta etapa calculada en cinco años, si la concluye satisfactoriamente le confiere derecho a optar por un Tribunal Superior o de Alzada, con servicio mínimo de cinco años.
Entre cada etapa tendrá un año sabático para perfeccionamiento y actualización en la Escuela de la Magistratura (dos años en total). Concluidos todos estos ciclos, tendrá derecho a postularse al Máximo Tribunal de la República, según requerimiento de servicios (doce años), todo lo cual implica una carrera de treinta años y posteriormente el derecho a la jubilación vitalicia. Sin esta carrera judicial cumplida, no se podrá aspirar a ser Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia.
Quienes no puedan ascender en la carrera por alguna razón no reñida con la moral, sino por cargos insuficientes o ser superados por otros concursantes, tienen derecho a permanecer como conjueces, asociados, auxiliares o como docentes en la Escuela de la Judicatura.
De inmediato y mientras pueda ejecutarse el plan indicado, corresponde suplir las faltas en todos los órganos judiciales, pero siempre dentro de las previsiones de la Constitución vigente, como debe ser, porque mientras mayor sea la crisis más imperativo se hace regirnos por las normas previamente establecidas. Improvisar es agregar un problema mayor.
Nuestro sistema político requiere de los otros Poderes Públicos para que actúen de manera armónica para el fortalecimiento del sistema y de la nación. El Judicial es inoperante sin un Poder Ejecutivo encargado de suministrar los recursos económicos y ejecutar las sentencias de manera forzosa. También es necesario revisar, reformar y promulgar las leyes que fueren necesarias. Dios bendiga a Venezuela!
jesusjimenezperaza@gmail.com
12/10/2026