Jesús Alberto Jiménez Peraza.
La renovación del Tribunal Supremo de Justicia fue considerada por la Comisión designada bajo las instrucciones del llamado tutelaje, como punto de inicio para la reinstitucionalización del país. Confieso que no acabo de entender la legitimidad de este órgano ni la determinación inicial, pero lo acepto.
Es evidente que hemos perdido el estado de derecho de manera paulatina y sostenida, durante las últimas tres décadas. De ello dan cuenta la aceptación generalizada de existencia de presos políticos en nuestras cárceles, situación que habíamos jurado erradicar desde que el poeta cumanés Andres Eloy Blanco clamó por echar los grilletes al mar para siempre.
Las invasiones urbanas y rurales admitidas por las autoridades constituidas, con lo cual desconocen principios vetustos de derecho privado, ratificados por tratados internacionales signados por la República y la CN1999, también dan cuenta de ello. El Estado no protege formalmente a la familia como institución básica y fundamental de la sociedad. El matrimonio, por jurisprudencia de los tribunales, es decir, sin que lo haya aprobado una consulta popular paso obligatorio para sancionar una ley, se puede disolver de mutuo acuerdo, como si fuese un contrato que no interesa a terceros.
Y, por sobre todo, hemos perdido el principio de soberanía nacional.
Restituir el estado de derecho, que implica diseñar y ejecutar una política general del Estado como el que se espera reiniciar, no corresponde a los Tribunales de ningún grado, cuya función primordial es administrar justicia en casos concretos, a menos que se piense gobernar a través de actos especiales que requieran de control permanente por la Sala Constitucional.
Si bien es cierto que podemos pensar que la debacle de nuestro sistema tiene su génesis en múltiples decisiones del Máximo Tribunal de la República, puesto se prestó para lavar las desatinadas políticas emprendidas desde los ya viejos tiempos del presidente Chavez, cuando tergiversa el referendo revocatorio permitiendo después una cuestionada enmienda constitucional y con ella la soñada posibilidad de la presidencia vitalicia, con renovaciones cada sexenio.
También se prestó el Tribunal en cuestión para atomizar la labor de la Asamblea Nacional electa para el periodo 2015 - 2020, temerosa a pesar de contar con un respaldo bastante robusto de los electores, que le atribuyó la mayoría calificada a la oposición y, que aún reducida a una mayoría absoluta por abusiva decisión de la Sala Electoral, pudo hacer más de lo que hizo para fortalecer la democracia.
La Venezuela que despierta requiere la reorganización y diseño de toda la estructura de un Estado y para ello la autoridad competente es el gobierno, el Poder Ejecutivo encabezado con un líder legítimo y a la par un Poder Legislativo, para la aprobación y reforma de las leyes necesarias. El trabajo de los tribunales es controlar los actos producidos y aplicar las leyes.
Sí es necesario reestructurar de urgencia nuestro Poder Judicial (no solo el TSJ) conforme lo establecido en la CN1999 porque está muy desprestigiado y corrompido por las imposiciones de los demás organismos del Estado e incluso, por los abogados en ejercicio. Pero tendremos que soportar sus imperfecciones mientras se conforma uno apropiado para los tiempos por venir.
Por ahora debemos controlar la labor judicial a través de denuncias estructuradas ante la dependencia administrativa competente o ante el Ministerio Público, y sobre todo analizar y comparar sus decisiones en ambiente especializado como Facultades de Derecho o Colegios de Abogados, porque es común conseguir sentencias contradictorias con otras recientemente publicadas, sin la debida fundamentación por el cambio de criterio.
Un buen juez requiere, por lo menos, de las siguientes condiciones para su designación y durante su desempeño: capacitación, honorabilidad y responsabilidad.
La primera implica conocimientos profundos en la materia para la cual le es atribuida competencia, pero también principios básicos sobre las demás ramas del Derecho; en fuentes aplicables como doctrina y jurisprudencia y en general, en las artes y ciencias requeridas para la formación integral del hombre como lógica, historia, filosofía, sociología etc. El juez debe ser buen lector y saber escuchar para entender los argumentos que aportan las partes, también saber escribir para que se entienda lo que quiso decir en sus autos y sentencias.
La honorabilidad implica honradez, rectitud y decencia por lo que ha de ser capaz de transmitir respeto y confianza. Uno de los Libros de la Biblia se denomina precisamente “Jueces” ambientado en una etapa histórica en la cual los seres creados se olvidaron de Dios, quien envía líderes llamados jueces, para salvarlos. En Grecia antigua la potestad de administrar justicia se atribuía a los areópagos, especie de templo en una colina en la cual se reunía un consejo de ancianos sabios que, con el mismo nombre, administraban justicia.
La responsabilidad es una cualidad que nos obliga a cumplir fielmente con lo que las costumbres pacíficamente aceptadas, las leyes y la moral nos ordenan. Dicha virtud conlleva entender que estamos sometidos a normas sociales y que su transgresión nos ocasiona consecuencias.
Esta especie de baremo es tan complejo que se dificulta conseguir la forma de designar a los jueces. En Venezuela tenemos infinidad de catedráticos, quienes pueden disertar sobre complejos temas jurídicos o escribir tratados sobre Derecho Público o Derecho Privado, pero esa es una labor distinta a dictar una sentencia lacónica que atribuya a cada quien cuanto le corresponda y, además que esté dispuesto a hacerlo. Dios bendiga a Venezuela!
jesusajimenezp@gmail.com
27/08/2026.
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