martes, 7 de febrero de 2017

El muro frente a Trump.


Jesús A. Jiménez Peraza.
@jesusajimenezp

         
Resultado de imagen para muros de piedraSir Winston Churchill, uno de los grandes estadistas en la historia del mundo y no digo el más, para dejar algún espacio a otros muy destacados, decía que un político es aquél  capaz de predecir lo que sucederá dentro de una semana y en siete días aclarar, de manera convincente, por qué no se cumplió su predicción. Virtuoso en el juego de frases y en este mismo sentido, recordó que en política muchas veces debió comerse sus palabras para descubrir que eran “una dieta equilibrada”.
          Distanciado de la habilidad política y de la formación intelectual del celebérrimo Primer Ministro británico, el recién posesionado Presidente de Estados Unidos, el señor Donald Trump, ha querido cumplir de inmediato sus ofertas electorales, lo que le ha ocasionado grandes enfrentamientos con sus vecinos y aliados comerciales, México y  Canadá, sin olvidar a Australia, Francia, Inglaterra y en general, la Unión Europea. Igualmente dictó una Orden Ejecutiva para prohibir la entrada a territorio americano a una serie de nacionales de países con mayoría musulmana, a quienes califica como “gente mala y destructiva”.
          Esa providencia administrativa que, en nuestra Venezuela nos hemos acostumbrado se anuncie por cadena de radio y televisión, sin formalidad escrita ni fundamentos básicos, cuyo fondo y forma es inmune a revisión por el Poder Judicial, consiguió en el llamado gigante del norte, un muro de contención: la decisión de un modesto Juez Federal de Seattle, centro principal de las fuerzas navales del país más poderoso del mundo, James Robart, quien respondiendo una petición planteada por el Estado de Seattle, consideró que esa orden presidencial violenta derechos humanos y por ende, no puede ser aplicada en  el territorio de la Unión. Acostumbrado a que sus órdenes corporativas se cumplan sin discusión, publicó el presidente Trump un twitter, calificando como “estúpido”   el acto judicial, sin embargo, el muro parece tornarse infranqueable porque ahora una Corte, superior jerárquico del juez Robart, ratificó la medida cautelar provisoria y pide que el ejecutivo  explique por qué corren peligro los ciudadanos norteamericanos, con la entrada de los nativos de siete países árabes – musulmanes afectados.
          Creo conocer la decisión definitiva que arropará el instructivo Trump y hará callar sus famosas reflexiones, construidas en 140 caracteres que las hacen,  por lógica, inmotivadas.
          Los artículos 2, 7 y 30 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de la cual Estados Unidos es signatario, dicen:
“Artículo 2.- Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónoma o sometida a cualquier otra limitación de soberanía”.
“Artículo 7.- Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación”.
“Artículo 30.- Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración”.
        Muchos tratados y normas pueden ser adoptadas por el Poder Judicial norteamericano para llegar a la misma conclusión del juez Robart, porque todas parten del hecho principal que violenta la referida Orden Ejecutiva y que constituye el sustento primordial y básico de la institución de los Derechos Humanos: La dignidad humana, cuyo reconocimiento es  factor necesario para el mantenimiento de la paz, la justicia y la libertad.
          Para ser justa las sentencias deben ser dictadas en lapsos perentorios,  sobre todo en esta materia de Derechos Humanos, donde la liberación y tutela ante la discriminación, el temor y la miseria debe ser inmediata. Ya veremos la situación procesal de este caso, el próximo 21 de marzo, cuando se celebre el Día Internacional de Eliminación de la Discriminación Racial, declarado por la Organización de las Naciones Unidas, para conmemorar la llamada Matanza de Sharpeville, acontecida en Sur África ese día y mes del año 1960, cuando la policía armada reprimió una manifestación pacífica contra el Apartheid, ocasionando una serie de heridos y fallecidos.   
          Resalto la independencia, celeridad y majestad del Poder Judicial en este caso. Subrayo la necesidad de independencia entre los Poderes del Estado e invoco la pertinencia de exigir respeto a los Derechos Humanos, muchos de ellos enervados en nuestro país.


07/02/2017.

 

2 comentarios:

  1. el estilo de trump es parecido al de chávez,dijo lo que iba a hacer,no le creyeron y dejaron que viniera el desastre.

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