miércoles, 12 de julio de 2017

Plebiscito y referéndum.



-      *  La Constituyente no tiene problemas de constitucionalidad, sino de legitimidad.

-      *  El presidente Chávez continuó en el poder en el 2004 gracias a un acto plebiscitario, no referendario.

Jesús A. Jiménez Peraza
@jesusajimenezp

Resultado de imagen para virgen del carmen 16 de julioLa Venezuela política del siglo XXI se ha caracterizado por la confrontación, para nada hemos recurrido al acuerdo conciliatorio como forma de dirimir controversias. En los albores de la etapa democrática, después de Marcos Pérez Jiménez, se firmó el Pacto de Punto Fijo que marcó una pauta contraria, con lo cual además de resolverse, se evitaron muchos problemas. Todos recordamos como la dirección de la Cámara del Senado y con ella la Presidencia del Congreso de la República, correspondía al partido político triunfante, mientras la Cámara de Diputados la presidía el perdedor. No menos importante, fue el acuerdo tácito para la designación del Contralor General de la República, siempre generado dentro del sector oposicionista. Los jueces, aunque casi nunca fueron nombrados sin seguir criterios políticos partidistas, como debía ser, al menos se distribuían los cargos y controlaban unos a otros en las diferentes instancias.
Con Hugo Chávez todo cambió y cambió de golpe, como su primer intento a dirigir la República. El propio Presidente dividió a los venezolanos en patriotas y escuálidos; en chavistas y pitiyankis; en revolucionarios y oligarcas. Sin importar la formación académica o filosófica, el primer segmento quedó autorizado para ejercer cargos públicos  y ser protegidos por una patente de corso que podríamos denominar inexistencia de condiciones subjetivas de punibilidad, variante que utilizo tomado de los elementos positivos del delito, que los hace inimputables ante la comisión de cualquier transgresión legal, sólo aplicable a los venezolanos con cápitis di minutio integrantes del segundo sector. Eso sí, a los judas que nunca han faltado en nuestro país ni en el mundo, se les otorgó la posibilidad de pasar la frontera simplemente saltando una talanquera imaginaria, acto con lo cual se les limpia su historial, convirtiendo el prontuario policial en currículum vitae.
Hoy estamos ante una nueva bifurcación del camino con graves amenazas contra la República, algunos seguiremos el camino del plebiscito, otros de la constituyente. No deja de ser extraño que el gobierno, con evidente rechazo popular, haya  impulsando una Asamblea Nacional Constituyente, cuyo primer paso debió ser una convocatoria de origen referendario, acto omitido por decisiones compartidas de Sala Constitucional y el Consejo Nacional Electoral.
Creo que muchos ciudadanos no entienden la diferencia conceptual. Otros no tenemos claro   lo que implicará para el futuro del país este llamado a  plebiscito y a referéndum, pero eso no importa. Venezuela está preñada de ejemplos en ese sentido, vamos sin saber por dónde ni por qué, pero vamos con decisión y coraje. Ayer muchos lucharon por la federación simplemente al saber que sus enemigos eran centralistas. Algunos historiadores han destacado cómo algunos soldados seguían indistintamente a  Páez o a Boves, porque no veían diferencia entre ellos ya que les hablaban el mismo idioma y transitaban  caminos comunes.
Ni la constituyente ni el plebiscito resolverán nuestros principales problemas: la escasez de alimentos y la inflación como consecuencia; las enfermedades sin medicinas; la inseguridad; la falta y deterioro de los servicios públicos e infraestructuras, pero iremos a manifestar nuestra voluntad, la mayoría aplastada el 16 de julio y la minoría aplastante el 30 de julio. Ya se encargarán los dirigentes de explicarnos que se logró o por qué no se obtuvieron los resultados esperados en cada caso.
Hace algunos días oí al Dr. Jorge Rodríguez, alcalde de Caracas y chavista empedernido, quien  alguna vez sirvió como imparcial y objetivo árbitro electoral, decir que en Venezuela no está prevista la consulta plebiscitaria, sino únicamente el referéndum. Craso error, tanto el plebiscito como el referéndum, están establecidos porque ambas son formas de  consultar al pueblo. En verdad una y otra son instituciones  programáticas, porque tienen previsión constitucional, pero carecen de implementación legal para su ejecución conforme procedimiento previamente establecido.
El plebiscito no está nominado como tal en la Carta Magna pero se sustenta en el artículo 5, que designa al pueblo como depositario de la soberanía la cual puede ejercer directamente en la forma establecida en la ley suprema o, indirectamente mediante el sufragio, mecanismo a través del cual nombra a los órganos que ejercen el Poder Público. Es por esta razón  que los funcionarios del Estado, aún los de más alta investidura, quedan siempre sometidos a las instrucciones que les impone el mandante, que es el pueblo de Venezuela. También está cimentado el plebiscito en el artículo 70 de la Constitución, donde se indica que la consulta popular es uno de los medios de participación y protagonismo del pueblo de Venezuela, en el ejercicio de la soberanía.
El referéndum popular (plural en latín: referenda), fue especialmente denominado y tratado más ampliamente por el constituyente en 1999, al clasificarlo en consultivos, revocatorios y abrogatorios, regulando algunos aspectos como el mecanismo de iniciativa, pero debemos concluir en que también es norma  programática porque permanece, sin cumplirse, en la disposición transitoria octava el encargo de sancionar las leyes electorales que lo desarrollarían. La Asamblea Nacional dirigida por el chavismo estuvo en permanente mora en esta materia, mientras que el actual Parlamento designado en diciembre del 2015, trató de cumplir pero fue impedido por un recurso interpretativo del Consejo Nacional Electoral ante la Sala Constitucional.
Ante la falta de desarrollo legislativo, siguiendo la interpretación doctrinaria e histórica de ambos conceptos, debemos concluir que  tienen igual base de sustentación. El plebiscito es una consulta que los Poderes Públicos, en nuestro caso la Asamblea Nacional, someten al voto popular directo, para que apruebe o rechace una propuesta determinada. El referéndum es un procedimiento destinado a la aprobación de decisiones políticas consultivas o decisorias, por vía distinta a la ley. Para ver la diferencia claramente, recordemos que siendo el Dr. Jorge Rodríguez,  miembro principal del Consejo Nacional Electoral para la época,  el referéndum revocatorio activado contra el presidente Chávez en el 2004, fue desnaturalizado  con una consulta plebiscitaria, permitiéndose votar sí o no sobre su permanencia en el poder, a pesar que conforme al texto constitucional sólo podía votarse si el pueblo revocaba el mandato y, cumplidas las condiciones constitucionales sobre el porcentaje de votantes y votos positivos obtenidos, como en efecto se obtuvieron, debía abandonar el cargo.
Hoy la diferencia planteada no es sobre la constitucionalidad de las consultas, como hemos afirmado, ambas la tienen. El problema es de legitimidad. La Asamblea Constituyente prevista para el 30 de julio del 2017, no ha sido legítimamente requerida porque sólo el pueblo consultado en referéndum tiene la titularidad para convocar. Esa grave omisión la hace absoluta e irreversiblemente nula, independientemente de sentencias o actos administrativos de la Sala Constitucional o del Consejo Nacional Electoral, respectivamente. De tal grado es la ilegitimidad que ni tan siquiera una votación directa, universal y secreta posterior, aprobatoria de la Constitución producto de ella, podría refrendarla. Dios y la virgen del Carmen preserven nuestro Estado de Derecho!

jesusjimenezperaza@gmail.com

12/07/2017

2 comentarios:

  1. Muy bueno Jesus Alberto, muchas veces corremos el riesgo de que el purismo lingüístico desvía la atención sobre lo importante. Los medios de consulta no pueden ser coartados por cuestiones de semántica. Es una Consulta Popular, que es lo importante.

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  2. Saludos apreciado amigo.
    En varias oportunidades de estos días de mucha opinión pues me ha tocado participar por qué son círculos de amigos, compañeros de trabajo e inclusive desconocidos en actividades de mercado etc. Siempre se esgrime aspectos netamente legal, que si no está en la CN, que no es vinculante para toma de decisiones posteriores etc etc. Ante este sin número de opiniones leguleyas ( en su mayoría por personas lego de formación jurídica) que repiten como loro, la mejor respuesta es el valor de la consulta popular, de la oportunidad de expresar nuestro criterio de rechazo de una forma clara, contundente y masiva. El día de ayer un amigo CHAVISTA, me increpaba, en que norma nos fundamentábamos para convocar el plebiscito, lo mire fijamente y le dije: "en la norma más simple y universal, por que nos da la gana de ir a expresar nuestro rechazo a este gobierno y demostrar ante el mundo que somos la mayoría de Venezolanos que estamos en oposición, dominados por un grupo de desalmados, corruptos, y vende patrias, que nos dominan por el poder de las armas".
    Apreciado amigo, te felicito por qué este papel de educar a nuestro conciudadanos no tiene precio.

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