martes, 1 de agosto de 2017

Constituyentistas sin constituyente ni gente.


Jesús A. Jiménez Peraza
@jesusajimenezp

Resultado de imagen para congreso nacional venezuelaEs complicado entender lo que pasa en Venezuela. El gobierno y su partido  están en abrumadora minoría pero se siguen imponiendo, a la larga, en cualquier acto electoral o similar. La oposición ha ganado limpiamente algunos cargos de elección popular como alcaldías y gobernaciones pero de nada ha servido, de alguna manera ese triunfo es neutralizado y  convertido en una derrota. Ganó por aplastante mayoría la Asamblea Nacional, por una diferencia que ni los más optimistas opositores podían imaginar, puesto hubieran aceptado con agrado una mayoría simple, sin embargo, en diciembre del 2015 se obtuvo mucho más, ni siquiera una mayoría absoluta sino calificada, lo que había sido posible sólo para el Chavismo con Chávez en pleno apogeo (2005) y porque la oposición lo dejó pelear solo, lo que en la práctica fue un forfait justificado o no, pero forfait al fin y al cabo. Hoy muchos de nuestros alcaldes están presos por delitos no tipificados apropiadamente como el desacato y, las gobernaciones opositoras se han convertido en cascarones vacíos, porque el poder y la administración de los dineros públicos previstos para inversiones y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, corresponde a unos órganos paralelos atípicos llamados Corporaciones, que jurídicamente pueden existir tanto en el sector privado, para servir como conjunción empresarial y darles fortaleza económica, como en el sector público para atribuirle objetivos especiales, descentralizando al órgano del Estado y así permitir que operativamente tenga mayor flexibilidad en su acción, no para que compitan con él. 
La telaraña tejida alrededor de la Asamblea Nacional Constituyente, es  digna de analizar. El gobierno la logró no obstante carecer de base popular, esta verdad se puede constatar con lo que los abogados llamamos pruebas inoficiosas, porque pueden demostrar un hecho pero no producen efectos jurídicos: la no concurrencia de la población a las mesas electorales, la apatía de los votantes potenciales, la tristeza imperante en el balcón del pueblo, la prohibición a los periodistas de cubrir la fuente directa, ausencia de veeduría internacional imparcial y calificada, las contradictorias declaraciones entre las rectoras del CNE. Los Poderes constituidos del Estado, exceptuando el Legislativo,  se encargaron de darle concreción y efectos  a un planteamiento irreal, que se inicia con los ya analizados y conocidos vicios en la convocatoria inexistente; en los votos sin votantes y en lo que serán deliberaciones por constituyentistas anónimos, que presumimos no conocen la complejidad del trabajo encomendado. Esta presunción que es   jure tantum, es decir, admite prueba en contrario y ciertamente tendrá algunas excepciones, nace del hecho que los candidatos prefirieron permanecer en las sombras durante la campaña. De haber sido conocedores del tema habrían realizado intervenciones a través de los medios para que conociéramos sus planteamientos facilitando e instando así su elección. El corolario es que ahora tendremos constituyentistas sin haber tenido una constituyente y sin el respaldo popular. Es complicado entender lo que pasa en Venezuela!
Está prácticamente anunciada la disolución de la Asamblea Nacional por la Asamblea Nacional Constituyente, no obstante que el artículo 239 constitucional la prevé sólo  cuando se dieren tres mociones de censura contra el Vicepresidente Ejecutivo, en un mismo período. Este es un punto complejo, que requiere el interés uniforme y que debería ser común entre los factores políticos, para mantener la paz y la estabilidad de la República. Si bien es cierto que los poderes constituidos no pueden impedir decisiones de la Asamblea Constituyente, no menos cierto es que ellos deben continuar en ejercicio hasta que sea promulgada la nueva Constitución, publicada en Gaceta Oficial y entre en vigencia el nuevo ordenamiento jurídico, porque esos son también requisitos formales para la aplicación según el régimen establecido en la Constitución de 1999. En otras palabras, no podemos concebir un período sin regencia de la Constitución Nacional, de manera que la actual rige plenamente hasta la publicación de la nueva.
Por otra parte, desconocer las atribuciones de los actuales diputados  sería derogar principios democráticos básicos sustentados en la correlación de fuerza y potestades de los distintos Poderes del Estado y además, un menoscabo a los derechos humanos no sólo de los diputados electos en el 2015 por cinco años, sino del pueblo venezolano que los eligió ejerciendo un derecho político progresivo, también sustentado en la Carta Magna y en tratados internacionales suscritos por la República.
La majestad de la Asamblea Nacional fue mancillada desde el principio, cuando fueron desconocidos los diputados del estado Amazonas, con el único objetivo de romper la mayoría calificada a pesar que después de su proclamación, como en efecto se hizo por el Consejo Nacional Electoral, les correspondía un fuero especial. Fue desconocida su función legislativa, cuando la Sala correspondiente declaró la inconstitucionalidad de todas las leyes sancionadas, sin razones justificadas y posteriormente, cuando la declaró en desacato, sin que ello sea viable jurídicamente, porque esa sanción prevista en la Ley de Amparo y en la del Tribunal Supremo de Justicia sólo es procedente contra personas, funcionarios o funcionarias que no acataren las órdenes de los Tribunales en el primer caso (procedimiento de amparo) o, exclusivamente de las Salas del Tribunal Supremo de Justicia en el segundo (otros procedimientos especiales u ordinarios), no contra instituciones como el Parlamento, que por lo demás entiendo nunca fue citado para una audiencia concentrada, de manera que expusiera alegatos de hecho y Derecho, se evacuaran pruebas y se dictara la decisión. También le fue injustificadamente limitada su función de control político sobre la administración y el gobierno, al ignorarse el requerimiento de autorizaciones, investigaciones e interpelaciones y ante todo, ha sido indebidamente interpretado el derecho a la inmunidad de sus integrantes dentro de los límites legales y constitucionales, la cual les corresponde desde su proclamación hasta su desincorporación, de manera que, si el proyecto llamado tun tun es la aplicación en retroactivo de sanciones por la acción de nuestros diputados, se habría de consolidar el ataque más artero imaginable contra el sistema democrático.
La Asamblea Nacional ha cumplido una gran función en beneficio del país, por lo que  doy por recompensado mi voto del 6 de diciembre del 2015. No fue perfecto su funcionamiento y pueden existir diferencias notorias entre los integrantes del mismo sector opositor,  porque ninguna obra humana lo es, pero debemos reconocer  las acciones emprendidas por los legisladores ante las trabas contrarias a la ley y a la moral, que supieron enfrentar con valentía y patriotismo. Les pido a nuestros diputados no inmolarse más allá de lo aconsejado por la  prudencia, cuya definición debemos abultar en esta etapa complicada que vivimos actualmente. Que Dios los bendiga!

jesusjimenezperaza@gmail.com

01/08/2017

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