Jesús A. Jiménez Peraza
@jesusajimenezp.
Es cierto que no hay protestas
públicas significativas, pero en privado o en pequeños círculos sociales
continúan y se acrecientan peligrosamente, porque permanecen enclaustradas en
el corazón de la inmensa mayoría de connacionales. El artículo 68 CN1999, que
permite el derecho de manifestar pacíficamente y sin armas, sin más requisitos
que los establecidos en la ley fue
vilmente castrado por sentencia de Sala Constitucional en el Expediente
14-0277, año 2014.
Los artículos 41, 43, 44, 46 y 50 de la Ley
de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones, solo imponen la
obligación de los organizadores de participar la celebración de una
manifestación pública a las autoridades civiles con 24 horas de anticipación,
por escrito duplicado e indicación de lugar, fecha, hora, objeto e itinerario
de la misma. Cuando la autoridad tenga razones para temer que otras protestas
puedan coincidir y provocar alteraciones para el orden público dispondrá, de
acuerdo con los organizadores, la celebración en horas diferentes o sitios
distantes. Oyendo la opinión de los partidos políticos, los gobernadores o
alcaldes podrán fijar sitios prohibidos para la realización de dichos eventos,
restricción que eventualmente puede ser omitida.
En la sentencia del 2014, sin embargo, la referida Sala parte de la base que por no
ser absoluto el derecho a manifestar, como la vida o la salud, los
organizadores no solo deben participar el evento, sino seguir un procedimiento
administrativo para obtener debida autorización, con lo cual cambia
absolutamente la intención del legislador.
Se concede a la primera autoridad
civil de los municipios ordenar su dispersión, para asegurar la garantía al libre tránsito, pudiendo utilizar para
ello “los mecanismos más adecuados”, lo que realmente constituye una patente de
corso contra la libertad de protestar.
También
determinó la decisión que la autoridad administrativa está facultada no sólo
para negar el acto de protesta, sino para modificar el sitio, día y hora
determinado por el solicitante, por acto motivado y si fuesen desobedecidas las
condiciones puede la autoridad aplicar
el artículo 178.7 constitucional, en vínculo con el artículo 34, ordinales 4,
44 y 46 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía Nacional Bolivariana y, en
consecuencia, ejecutar las acciones necesarias para mantener el orden público,
puesto las policías municipales tienen competencia compartida, en esta materia,
con los demás cuerpos de seguridad del Estado.
Finalmente autoriza la Sala Constitucional remitir al Ministerio
Público, a la brevedad posible, los datos de los responsables en caso que la
manifestación se realizara a pesar de haber sido negada expresamente la
solicitud, para ser tramitada la responsabilidad penal por el delito de
desobediencia a la autoridad previsto en el artículo 483 del Código Penal “y
cualquier otra responsabilidad penal y jurídica”.
Estas
condicionantes, no del legislador sino impuestas por vía jurisprudencial en
materia de manifestaciones públicas, han producido temor en la ciudadanía,
además de agotamiento anímico al entender que con ellas no han obtenido
resultados concretos y anhelados.
Otra razón por la cual creo se extinguió
la protesta pública contra los gobiernos
central y locales, es la ingente necesidad económica de los ciudadanos, quienes
viven de su trabajo diario sin
subordinación ni relación de dependencia, no estable y por ende, sin la
garantía de un salario fijo suficiente para la satisfacción de sus necesidades
básicas.
Por supuesto, ambas razones expuestas ut
supra resultarían secundarias pudiendo ser omitidas, si tuviésemos un liderazgo
opositor confiable, pero la división y la falta de tino en sus análisis nos
hacen sentir huérfanos de dirigencia capaz canalizar las protestas y servir de
alternativa para la gobernabilidad del país.
En cuanto al segundo planeamiento,
observo como una serie de personas con proyección en los medios tanto
tradicionales como en redes sociales, han venido divulgando que Venezuela está
cambiando, que las ciudades se ven abastecidas, con servicios públicos
eficientes, limpias, seguras, iluminadas. No sé cuáles son las motivaciones
para transmitir esas ideas. Lo cierto es que la existencia de bodegones, potentes
automóviles, centros comerciales lujosos y restaurantes con tres estrellas
Michelin, no califican los niveles de
vida de un país.
Me
genera mayor confianza para conocer la realidad de la Venezuela de hoy, la reciente
Encuesta Nacional de Condiciones de Vida (Encovi 2021), presentada por la UCAB,
que revela que en el último año la pobreza extrema subió más de 8%; el empleo formal
se redujo en 1,3 millones de puestos de trabajo y la cobertura educativa cayó
en un cinco por ciento (5%) (https://wwwgoogle.co.ve/search?
q=indice+de+pobreza+en+venezuela).
Otro
estudio sostiene que la pobreza en Venezuela se mantiene en “niveles máximos
posibles de 94,5%”, mientras que la pobreza extrema sigue creciendo y abarca
dos tercios de los hogares del país, con un 76,6%, un alza de 8,9 puntos, desde
los 67,7% en que se ubicaba el año
pasado (provea.org).
Conforme a los referidos trabajos, durante el
2021 aplicando el coeficiente de Gini y
la Curva de Lorenz, Venezuela resultó el país más desigual de América. El
Índice y coeficiente de Gini es una medida de la desigualdad ideada por el
estadístico Corrado Gini, que hace una ponderación entre la uniformidad de
ingresos para todos, a lo que se atribuye valor cero (0), y la situación donde
todos los ingresos son percibidos por una persona, que grafica con valor uno
(1).
“La curva de Lorenz es una
representación gráfica de la desigualdad en el reparto de la renta existente en
un determinado territorio (normalmente un país)” (https://www.google.co.ve/search?q=curva+de+lorenz). Ambos
métodos resultan de la aplicación de datos estadísticos, que deben ser
explicados por expertos con la mayor sencillez posible, para tratar de crear
conciencia sobre la verdadera situación en
la cual nos encontramos, lo que pudiera servir para convertir esa
realidad en el centro de una Agenda del Diálogo, entre el gobierno y el país
nacional integrado por universidades, academia, estudiantes, sindicatos,
empresarios, gremios, partidos y organizaciones políticas que hayan cumplido
con sus estatutos designando autoridades legítimas etc. Así es como pueden
generarse puntos de entendimiento evitando el colapso económico del país, que no
se va a convencer por los cantos de
sirenas, periodistas ni artistas. Dios bendiga a Venezuela.
jesusjimenezperaza@gmail.com
30/01/2022.
No hay comentarios:
Publicar un comentario