viernes, 28 de febrero de 2025

Guzmán Blanco promulga las octava y novena Constituciones (1874 y 1881).

  

Jesús A. Jiménez Peraza.

@jesusajimenezp.

 

Las octava y novena Constituciones de nuestra historia, CN1874 y CN1881, tienen en común entre otros aspectos,   haber sido promulgadas por el Dr. Antonio Guzmán Blanco, el Ilustre Americano, uno de los Presidentes (Dictador)  más sobre salientes del siglo XIX, abogado, diplomático, militar  y político descendiente de Antonio Leocadio Guzmán, fundador del partido Liberal. La historiadora María Elena González Deluca, resalta tres rasgos del caudillo: talento político, experiencia militar y fortuna personal, condiciones que lo convierten en  “el único presidente de prosapia en toda la historia republicana”.  

En la formación de su personalidad, pienso, colaboran el talento heredado de su padre, la formación bélica y el linaje de su madre, Carlota Blanco, pariente de El Libertador Simón Bolívar, además su hija mayor Carlota contraería más tarde, nupcias con el Duque de Morny, hermanastro de Napoleón III y bisnieto de Josefina de Beuaharnais, esposa de Napoleón Bonaparte, según refiere la mencionada escritora.

El Tratado de Coche del 23 de abril de 1863 pone fin a la guerra Federal, pero no al espíritu combativo e inconformidad del venezolano. En efecto, Juan Crisóstomo Falcón resigna el poder en 1868 asilándose en Europa, aceptando el triunfo de la Revolución Azul, con lo cual José Tadeo Monagas vuelve al Poder. Este poder asumido con las armas lo utiliza Monagas para reorganizar el Ejecutivo mediante Decreto del 27 de junio de 1868; designa Ministros y concede Medalla de oro en forma elíptica a  Generales y Jefes de los Ejércitos de la Revolución, que se otorga, pero gobierna por lapso supra constitucional mediante  interpuesta persona.

Entre 1868 y 1870, se alternan como Presidentes Interinos Guillermo Tell Villegas y José Ruperto Monagas, hijo de José Tadeo. El primero dicta sendos Decretos reconociendo las deudas contraídas por la Revolución Azul; declara la vigencia de la Constitución de 1864 y el 19 de noviembre de 1868 firma emotivo Decreto declarando duelo nacional por la muerte de José Tadeo y otro, para otorgar pensión vitalicia a su viuda Luisa Oriach de Monagas, equivalente al sueldo que éste tenía como héroe de la Independencia de Venezuela. Todos estos Decretos dictados desde el 28 de junio de 1868 hasta el 27 de abril de 1870, son después declarados insubsistentes (arbitrarios) por Orden de esta fecha firmada por Antonio Guzmán Blanco.

A esta extensión del Monagato, representado por José Ruperto Monagas y la Revolución Azul, la sucede precisamente Antonio Guzmán Blanco, cabeza de la Revolución de Abril que emprende en Curazao, desembarcando en Curamichate (Estado Falcón) e inicia su primer gobierno conocido como El Septenio, desde el   27 de abril de 1870 al 27 de febrero de 1877, los primeros tres como Presidente Provisional, cuando combina  enfrentamientos con  diversos enemigos, como José Manuel “Mocho” Hernández y Matías Salazar,  con construcción de obras de modernización y transformación de Caracas y el país.

Después es Presidente Constitucional, amparado en la Carta Magna que promulga el 27 de mayo de 1874, octava Carta Magna regente en Venezuela, hecha a su medida y necesidades. En ella se prevé que el Presidente se elige por voto popular, directo, público, escrito y firmado por el sufragante o su representante, correspondiendo un voto a cada Estado. El Presidente durará dos años en funciones, desde el 20 de febrero, designando a quien deba sustituirle, sin posibilidad de reelección   quedando inhabilitado para la sucesión los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y/o afinidad.

La Alta Cámara de Justicia estará compuesta de cinco Vocales,   designados por el Congreso con candidatos presentados por las Legislaturas de los Estados.

En 1877 Guzmán deja el poder en manos de Francisco Linares Alcántara, quien en el primer Decreto concede a Antonio Guzmán Blanco, la condecoración “Sol de Abril” porque “la paz y engrandecimiento de Venezuela se debe al Ilustre Americano” (N° 2.036 17/04/1877. Leyes y Decretos de Venezuela. Academia Ciencias Políticas y Sociales. T. 7).

Sin embargo, Guzmán reasume en alocución del 26/02/1879, como Pacificador, Regenerador y Supremo Director de Guerra porque “el Presidente dio la espalda a sus deberes” (Decreto 2.119. Obra citada T.8). Así gobierna al país (1879 a 1874), durante el llamado Quinquenio, sancionando la Constitución del 27 de abril de 1881, la novena en nuestra historia, cuya naturaleza jurídica es propiamente una Reforma de la anterior para adaptarla a las propuestas de Guzmán dirigidas a las Legislaturas de los Estados el 15 de octubre de 1880.

 la Nación se constituye en nueve grandes entidades políticas, a saber: Estado de Oriente, compuesto de Barcelona, Cumaná y Maturín; Estado Guzmán Blanco, compuesto de Bolívar, Guzmán Blanco, Guárico y Nueva Esparta; Estado de Carabobo, compuesto de Carabobo y Nirgua; Estado Sur de Occidente, compuesto de Cojedes, Portuguesa y Zamora; Estado Norte de Occidente, compuesto de Barquisimeto y Yaracuy, menos el Departamento Nirgua; Estado de Los Andes, compuesto de Guzmán, Trujillo y Táchira; Estado Bolívar, compuesto de Guayana y Apure; Estado Zulia, por sí solo; y Estado Falcón, también por sí solo. Conforme al artículo 6 no se pierde la nacionalidad originaria, aun cuando el venezolano adquiera otra (Guzmán Blanco siempre acarició la idea de radicarse en Francia).

La cabeza del  Poder Ejecutivo es el Consejo Federal  compuesto de un Senador y un Diputado, por cada una de las entidades políticas, y de un Diputado más por el Distrito Federal, con duración máxima de dos años, se designa al Presidente de los Estados Unidos de Venezuela. El Poder Judicial se ejerce mediante la Alta Corte Federal, con las atribuciones del artículo 80, entre ellas presentar Vocales para  una Corte de Casación, con potestad de conocer los recursos de casación y los procesos contra los altos funcionarios de los Estados.

Esta CN1881, confiere las tierras baldías y salinas al poder central y quita poder a los Estados, iniciando  un proceso de centralización, que aún persiste en Venezuela. Por el esquema impuesto se le conoce como la Constitución Suiza.

El 14 de abril de 1884 el Consejo Federal elige Presidente a Joaquín Crespo, quien en principio conforma el período conocido como La Aclamación, tercer período de Guzmán Blanco, relaciones que posteriormente se deterioran, convirtiéndose  Crespo en un Presidente con mayor autonomía.

El Ilustre Americano muere en París el 28 de julio de 1899, bajo la presidencia de Ignacio Andrade, donde se había radicado en lujosa mansión cerca del Arco del Triunfo y los Campos Elíseos, dedicado a ordenar sus archivos y escribir diversos libros sobre personajes venezolanos, como Zamora y Páez y sobre el conflicto limítrofe que aún tenemos con Guyana. Dios bendiga a Venezuela!

28/02/2025.

jesusjimenezperaza@gmail.com

 

 

 

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