Jesús A. Jiménez Peraza
@jesusajimenezp
No sé que normas rigen la
publicidad y propaganda electoral en Venezolana de Televisión, pero como es el
canal de “todos los venezolanos”, suelo sintonizarlo un rato para enterarme de
las reinauguraciones de viejas obras de la cuarta república o, de la actual
denominación de los programas sociales post Pérez Jiménez, que ahora reciben el
pomposo nombre de misiones. Entré en letargo cuando en horas de medio día del
domingo 29 de noviembre del 2015, un señor en La Guaira, estado Vargas, después
de varios vítores al general y gobernador García Carneiro, anunció que el
ciudadano presidente de la República Nicolás Maduro, había entregado el título
de médico a una ciudadana que hace diez años no sabía leer ni escribir.
Aturdido, sólo alcancé a agradecer a Dios por tener hermanos, parientes
cercanos y amigos con excelente formación académica en el campo de la medicina,
en quienes confío ciegamente tanto mi salud preventiva como el diagnóstico y
tratamiento cuando ella esté en riesgo. Pero rápidamente desperté del sueño, al
igual que en otra propaganda del canal, lo hacía una señora a quien le
aseguraban que de ganar la oposición tendría que pagar por el embellecimiento
de su casa, gracias a la misión barrio tricolor. Recordé en segundo término a
mi profesor de Enjuiciamiento Criminal, el Dr. Aquiles Monagas, brillante
penalista y defensor de muchos de los izquierdistas y guerrilleros de la década
del 60, quien pregonaba para incentivarnos el estudio metódico del Derecho,
pero al igual se aplica a otras ramas del conocimiento humano, que “más útil es
para la sociedad un buen limpiabotas que un mal abogado”.
Por supuesto, felicito a la
nueva galena porque debe ser brillante para aprenderse en apenas una década,
desde el nombre de las letras, la construcción de frases y oraciones y las raíces
griegas y latinas requeridas para nominar las enfermedades y medicamentos, sin
el transcurso del tiempo necesario para fijar en su mente los conceptos, las
ideas, los principios no sólo de su compleja rama profesional sino de otras
necesarias para formar un ciudadano integralmente, incluso, me pregunto si
nunca tomó vacaciones porque creo haber oído, sobre la necesidad del descanso para
que la mente humana pueda estar sana y en condiciones de prestar su función.
Ya despierto, reviso algunas
normas jurídicas para cuya interpretación fui formado, porque entiendo que
tengo la obligación ciudadana, pero a la vez el derecho humano, de alertar sobre una situación que intuyo
anormal.
Leo que los artículos 83 y siguientes de la Constitución
Nacional establecen que la salud es un derecho social fundamental, que el
Estado debe garantizarlo como parte del sagrado derecho a la vida. Leo que el
dispositivo nos impone a todos los ciudadanos el deber de participar
activamente en su promoción o defensa y
que el Estado debe garantizar tratamiento oportuno y de calidad, para
preservarla.
En el artículo 2 de la Ley
del Ejercicio de la Medicina, encuentro que lo que traduce su título entre
otras es la atención preventiva y curativa de enfermedades, reducción de
riesgos, diagnóstico precoz, tratamiento oportuno, rehabilitación física o
psico social de personas.
En normas posteriores encuentro
que los profesionales autorizados para ejercer la medicina son los doctores en
ciencias médicas, los médicos cirujanos, los médicos integrales comunitarios y
los médicos de otras nacionalidades, con tratados de reciprocidad con Venezuela,
es decir, donde los venezolanos puedan ejercer la profesión y que, son las
universidades venezolanas debidamente acreditadas, quienes pueden expedir esos
títulos habilitantes del ejercicio de la medicina.
Con estas bases someras,
pregunto entonces a mis parientes y amigos médicos por su experiencia propia, extendiendo la consulta a los colegios de médicos,
por su responsabilidad legal: Puede un ciudadano, en grado superlativo de
inteligencia, aprender a leer, escribir
y adquirir conocimientos de medicina suficientes y ejercerla dentro de
los parámetros constitucionales y legales antes dicho, en un lapso de diez (10)
años, sin que corran los riesgos naturales sus pacientes?
Debo advertir que los
colegios médicos son organizaciones o asociaciones gremiales, de carácter
público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, a quien le corresponde enaltecer y defender los
intereses de sus agremiados, no les corresponde legalmente conferir títulos a
los galenos ni habilitarlos para su ejercicio, pero si tienen la obligación legal
de “velar
por el cumplimiento de las normas y principios de ética profesional de sus
miembros”.
Ya Hipócrates (ver
Wikipedia), de gran influencia en el ejercicio de tan noble profesión, cuya
paternidad se le atribuye simbólicamente, destacaba que la ética es la reflexión de la
moral, que es “la encargada de discutir y
fundamentar reflexivamente ese conjunto de principios o normas que constituyen
nuestra moral. La moral es el conjunto de principios, criterios, normas y
valores que dirigen nuestro comportamiento. La moral nos hace actuar de una
determinada manera y nos permite saber que debemos hacer en una situación
concreta”.
Estas reflexiones obligan,
entonces, en mi criterio a que los
Colegios Médicos respondan mi pregunta.
Los daños causados y la
responsabilidad civil y penal por indebida praxis médica, corresponde obviamente
al agente de la acción, pero el Código Civil extiende la obligación de reparar
el daño a quien exceda los límites fijados por la buena fe, a quien de alguna
manera apoye al responsable, a quien lo designe a un cargo para cuyo ejercicio
no está capacitado. Los daños se causan
no sólo por dolo, es decir, por observar conducta expresamente irresponsable,
sino por culpa, cuyos sinónimos son la imprudencia, la negligencia, la
impericia y la inobservancia de leyes y reglamentos.
Despierto de mi sopor, ahogo
mi rabia y me siento a escribir unas reflexiones como otras tantas, para un
saco roto.
jesusjimenezperaza@gmail.com
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