Jesús A. Jiménez Peraza
@jesusajimenezp
Alguien comentó en
alguna oportunidad que ante la desobediencia, Dios impuso tres castigos a los
seres recién creados a su imagen y semejanza, el primero, que el hombre ganaría
el pan con el sudor de su frente, pero lo perdonó de inmediato porque dignificó
el trabajo. A la mujer le dijo que debería parir a sus hijos con dolor, pero la
compensó con infinito amor por la maternidad. El tercer castigo, nunca
redimido, fue la expulsión del jardín del edén, obligándonos a vivir en
comunidad con los problemas que ello genera y sin proveer el método para
resolver los conflictos, lo que significa que debemos buscar una solución humana
ante una maldición divina.
Quizás la forma más
perfecta conseguida por el hombre para lograr la necesaria convivencia es el
Estado, entidad con proyección jurídica, económica, social y política, que
permite a una población determinada dentro de un territorio, fijar el alcance
de sus obligaciones y de sus derechos
con normas que los regulan y controlan. Ello supone una pluralidad o conjunto
orgánico de leyes para mantener la igualdad entre los diferentes Estados, como
pares y, a la vez, en lo interno la aplicación de un orden tal, capaz de
proporcionar los elementos o derechos básicos por igual a la población, como
alimentos, vestidos, educación y proveer dispositivos racionales para el cabal
ejercicio de derechos entre los grupos, que por su naturaleza, se conforman
dentro del propio Estado y que en el fondo, son expresión de un derecho propio.
Todas esas normas regulatorias constituyen, precisamente el Derecho como ciencia
con instituciones, principios y normas destinadas a proporcionar esas
soluciones
El Estado de Derecho
es entonces, esa conjugación de una corporación política y el conjunto de
normas que hacen posible su funcionamiento. Si uno de los elementos falla, el
conjunto deja de servir a su misión teleológica de proporcionar derechos al ser
humano, a la población como factor básico dentro del todo.
Es lo que está
pasando en Venezuela. Si nos remontamos a 1999, obviando hechos importantes
incluso acontecidos hasta ese momento en nuestra historia remota y en la
contemporánea, podemos determinar que se aprobó una Constitución Nacional por mayoría sustancial, donde nos proclamamos
como estado democrático, social de
derecho y justicia, cuyos fines esenciales son la defensa y desarrollo de la
persona humana y el respeto a su dignidad; que somos un estado federal
descentralizado, residiendo la soberanía en el pueblo quien la ejerce
directamente a través de las formas previstas en la propia Constitución e
indirectamente, a través de los órganos del Poder Público.
Pero es el caso que
el gobierno, uno de los tres elementos que conforman el trípode que sostiene al
Estado, pretende llevarnos a un centralismo absoluto, como signo del comunismo
o socialismo del Siglo XXI, no tratado en el texto de la carta magna. Como
ejemplo basta con recordar la creación de unas arbitrarias corporaciones para
morigerar las facultades de los gobernadores de estados, donde ha perdido las
elecciones regionales y creó el Fondo para el Desarrollo Endógeno (Fonden),
para administrar y distribuir de manera ortodoxa el producto de nuestros
ingresos petroleros, donde parcialmente las regiones tienen participación
similar. También a través de diversos mecanismos ha logrado someter a los
Poderes Ciudadanos (Fiscalía, Contraloría y Defensoría del Pueblo), Electoral,
Judicial y Legislativo, hasta el 5 de enero del 2016. Es evidente la negación de nuestros derechos de expresión
directa de la soberanía, torpedeando la convocatoria a un referendo revocatorio,
previsto constitucionalmente y desarrollado a través de una Normas genéricas
enrevesadas, interpretadas caprichosamente por el órgano administrativo
encargado de su aplicación. El desarrollo de esta política del gobierno ha
ocasionado una evidente confrontación entre el Poder Ejecutivo y la actual
Asamblea Nacional, que amenaza la paz ciudadana y que debería resolverse por
mandato constitucional, con decisiones objetivas e imparciales de la Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Pero es el caso que los magistrados que
actualmente la integran, forman parte del conflicto porque según ha sido
denunciado, fueron designados de manera irregular, unos violentando
formalidades esenciales y otros por no tener los requisitos constitucionales y
legales que le habilitaban a aspirar el ejercicio de tan altísima función
pública
Qué hacer ante esta peligrosa situación que amenaza la paz interna
del Estado? Nuestra Constitución y
nuestras leyes, tienen la respuesta:
1.- La competencia para resolver los conflictos políticos y de
interpretación de la Constitución le corresponde a la Sala Constitucional del
Tribunal Supremo de Justicia, pero no a los actuales Magistrados incorporados,
porque como antes dije forman parte del conflicto y deben inhibirse, debiéndose
proceder conforme a los artículos 55 y 56 de la Ley Orgánica del Tribunal
Supremo de Justicia, que transcribo:
Artículo 55. Si se inhibieren o fueren recusados todos los Magistrados
o Magistradas que integran alguna de las Salas, conocerá de la incidencia el
Presidente o Presidenta de la Sala Plena, a menos que éste o ésta también sea
uno de los inhibidos o recusados, en cuyo caso conocerá de la incidencia el
Primer Vicepresidente o Vicepresidenta; y si éste o ésta también se hubiere
inhibido o fuere recusado, resolverá el Segundo Vicepresidente o
Vicepresidenta. Si éste o ésta también se inhibe o es recusado conocerán los
Directores o Directoras en orden de antigüedad. Y si tampoco éstos pudieren conocer,
lo hará aquel de los Magistrados o Magistradas, no inhibido, ni recusado, a
quien corresponda decidir conforme a una lista que elaborará la Sala Plena en
el día hábil siguiente a aquel en que hubiere designado su Directiva o,
posteriormente, en la fecha más inmediata.
Artículo 56. En caso de que ninguno de los Magistrados o Magistradas
pudiere conocer de la incidencia, conocerán de ella los o las suplentes en el
orden establecido en la lista que a tal efecto elaborará también el Tribunal en
Sala Plena, en la misma oportunidad indicada en el artículo anterior. Asimismo,
se convocará a los o las suplentes, cuando se inhiban o sean recusados todos
los Magistrados o Magistradas del Tribunal en Sala Plena.
Hasta
ahora los Magistrados de la Sala Constitucional designados el 23 de diciembre
del 2015 (tres), se han limitado a no firmar las sentencias donde están
involucrados en los hechos, lo que constituye una evidente irregularidad porque
aunque cuatro votos conforman mayoría para aprobar la sentencia, debe estar
constituida la Sala por los siete. Si alguno no asiste a la sesión se exonera de
la firma, pero forma parte de la Sala. En
otras palabras, aún cuando uno o varios magistrados no asistan a una sesión,
los siete deben estar exentos de causales de inhibición o recusación. Pero
ahora, otros tres magistrados, incluida la presidente, están acusados de no
reunir las condiciones de elegibilidad para el cargo, lo que debe ser procesado
y decidido. El único magistrado que conforme a lo expuesto por el Dr. Henry Ramos
Allup, presidente de la Asamblea Nacional, no está incurso en falta alguna es
el Dr. Arcadio Delgado Rosales.
2.- Debe procederse por el Consejo Nacional Electoral a la convocatoria,
sin dilación injustificada, para materializar el referendo revocatorio antes
del 10 de enero del 2017.
3.- Convocar al pueblo para cualquier consulta referendaria importante,
conforme al artículo 71 de la Constitución Nacional a instancias del Presidente
de la República o por acuerdo mayoritario simple de los diputados que integran
la Asamblea Nacional. Estas son las formas expeditas de convocatoria, aunque
también puede plantearlo el diez (10%) del padrón electoral.
4.- Nuestra Fuerza Armada Nacional debe someterse a los artículos 328 y
330 del la Constitución Nacional, como institución profesional, sin militancia
política, dedicada a garantizar la independencia y soberanía de la nación, ejerciendo su
derecho al sufragio pero sin optar a cargos públicos ni participar en actos o
proselitismo político partidista.
Hay salidas pacíficas a la crisis política, ejerzámoslas!
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