viernes, 25 de agosto de 2017

El perdón.
 

Jesús A. Jiménez Peraza 
@jesusajimenezp

“Perdonando demasiado al que yerra se comete injusticia con el que no yerra”.
          Baldasare Castiglione.

Imagen relacionadaDespués de oír  cantidad de denuncias, todas muy graves,  que a nivel internacional ha estado interponiendo la doctora Luisa Ortega Díaz, esperaba oír descargos y explicaciones de los acusados, para tratar de entender la dimensión de lo que ha sido el país después de todos estos años de gobiernos chavistas, quizás, con la pretensión que entre todos podamos ordenar ideas y proyectos para su recuperación. Sin embargo, en rebote simplemente vinieron imputaciones de hechos fraudulentos cometidos presuntamente por la acusadora y sus allegados, lo que implica que ambos estaban en conocimiento de las circunstancias por lo que debe agregarse a sus propias culpas, el hecho de omitir la obligatoria y oportuna denuncia a la cual están obligados los funcionarios públicos, cuando en ejercicio de sus funciones tienen conocimiento de la comisión de hechos punibles en detrimento de la República, cuyas instituciones y patrimonio ambos grupos juraron defender.  Salta de bulto que al exponer ahora los hechos, cada extremo en la diatriba pretende el perdón para sí del pueblo venezolano en contraprestación por sus denuncias.
El perdón tiene una connotación jurídica, otra religiosa y entre ambas una moral. En el Derecho Civil es equivalente a la remisión de una deuda u obligación pendiente, que por tratarse de derechos disponibles depende exclusivamente del acreedor, pero se regulan situaciones diversas en algunas disposiciones sustitutivas de la voluntad de las partes, ante hechos que puedan presentar cierta confusión (artículos 1216, 1231 Código Civil). También está previsto en el ámbito del Derecho Penal, limitado a aquellos delitos donde se exige querella del ofendido por ser de persecución privada y no de orden público, como la difamación o la injuria.
Entiendo que en el aspecto religioso requiere de un acto de indulgencia, porque quien tiene la potestad de perdonar es Dios a través de los sacerdotes, acotación  que reduzco a la religión católica, apostólica y romana la cual profeso. Un ejemplo de ello es que en la oración más importante del catolicismo, el Padre Nuestro, lo invocamos a fin que imparta su perdón por nuestras ofensas, faltas y pecados. En la reveladora parábola del Siervo Malévolo se narra como un rey perdonó una deuda contraída por uno de sus sirvientes, quien a su vez se negó a redimir una obligación pecuniaria que uno de sus compañeros tenía para con él, por lo que al llegar el hecho a conocimiento del rey, revocó la liberalidad a su siervo, obligándolo a pagar lo que le había sido condonado. En esta misma parábola, referida en un Evangelio de Mateo,  Pedro preguntó al Señor si es suficiente perdonar siete veces al hermano que le había faltado, recibiendo como respuesta divina “no te digo siete veces, sino setenta veces siete”!
Significa lo anterior, analizadas la ley de Dios y de los hombres que el perdón tiene límites, es finito y su concesión, que en griego significa dejar pasar, tiene parámetros que dependen de la extensión de la falta, del dolor sufrido y de la voluntad del agente. El perdón moral es íntimo, no tiene efectos jurídicos ni depende del Supremo Creador, simplemente el hombre ofendido lo otorga o no, lo que significa olvidar la ofensa sin consecuencia alguna.
Los venezolanos han sufrido mucho durante estos últimos años, en la mitad de los cuales la doctora Luisa Ortega Díaz tuvo actuación destacada como cabeza de uno de los Poderes Públicos. A mi manera de analizar los hechos, ella tiene plena corresponsabilidad. Que sus denuncias le produzcan algunas consecuencias jurídicas favorables  porque pueden constituir atenuantes, es otra cosa. Muchas empresas y personas naturales, nacionales y extranjeras vieron como sus fincas fueron  ocupadas denunciadas por una infundada improductividad que sólo surgía de los informes del propio Instituto Nacional de Tierras (INTI), pero que en la realidad, comprobada con elementos plenamente sustentables, tenían un rendimiento superior al promedio nacional o, fueron rescatadas bajo la aberrante aseveración que la propiedad no había sido demostrada, porque supuestamente no existe  el acto que generó el desprendimiento de la nación, a pesar de ser el propio Estado el responsable del deterioro documental causado en las Oficinas de Registro, que son despachos oficiales. También es desconocida la propiedad  por otras causas extrañas, no imputables a los titulares de este esencial derecho. A la par de violentar de esa manera los derechos humanos del titular, porque la propiedad constitucionalmente y en tratados internacionales validados por la República, tiene esa naturaleza, se vulneraron también los del consumidor de los productos bien primarios o después de industrializados, quienes ahora no los consiguen en las estanterías de bodegas, abastos y supermercados. Muchos de estos hechos fueron denunciados ante el Ministerio Público sin que se hubiese obtenido protección oportuna. Múltiples decisiones se publicaron en la Sala Social en relación a las famosas Cartas Agrarias (30 sept. 2008. Exp. 07-2107 y 24 sept.2009. Exp. 08-0081), declaradas inconstitucionales por la Sala competente, quedando asentado como irregularidad grave que el INTI estaba asumiendo ilegítimamente el pronunciamiento  sobre la propiedad, que obviamente es competencia exclusiva de los tribunales y no de oficinas administrativas, sin que la Fiscalía del Ministerio Público hiciera pronunciamiento, menos actuara en consecuencia. Esta importante institución, antes de la conducción de la doctora Luisa Ortega Díaz, pero extendida después de su juramentación, desatendió las invocaciones de protección ante una nefasta sentencia de la Sala Constitucional en el 2005, anunciada durante la conmemoración de la Batalla de Santa Inés por la presidenta Luisa Estela Morales despenalizando el delito de invasión de tierras, dando rienda suelta a las ocupaciones ilegales.
Hago referencia sólo a algunas actuaciones y sentencias dentro del marco de mi ejercicio profesional, porque obviamente es allí donde puedo dar fe de la violación de derechos fundamentales, pero cada quien en su sector, bien por sufrirlos directamente o bien por conocimiento indirecto, podrá revisar las transgresiones legales por los altos funcionarios del gobierno, porque es justo y necesario revisar las circunstancias que han destruido la economía nacional, evaporado empresas y fincas particulares, que han separado familias enteras obligando a la emigración de muchos de sus componentes, que han llevado a cárceles inhumanas a numerosos conciudadanos, por hechos que no están tipificados como delitos. Corresponde a los venezolanos analizar los hechos y determinar responsabilidades, concediendo o no el perdón en el campo de la  moral,  porque la actuación de un sistema judicial objetivo será indispensable como corolario de juzgamiento con efectos jurídicos a todos quienes resulten responsables de la desolación que hoy vivimos, tanto a quienes aún permanezcan en funciones de gobierno, como a quienes abandonaron el barco desde hace algún tiempo persuadidos del inminente naufragio, con el cual contribuyeron. En lo personal estimo que no  puede haber perdón sin juzgamiento, para conocer los hechos suficientemente; sin acto de constricción, para que el arrepentimiento sea verdadero y sin compensación, para evitar el enriquecimiento injusto del ofensor y el empobrecimiento sin causa para el ofendido. Dios proteja a Venezuela!
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jesusjimenezperaza@gmail.com

25/08/2017

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