viernes, 9 de febrero de 2018

Antecedentes de la Asamblea Nacional de 1999.

Jesús A. Jiménez Peraza.
@jesusajimenezp


Asamblea Nacional Constituyente 2017: Su responsabilidad ante la historia (III).
 
 

Para la campaña presidencial de 1998 Hugo Rafael Chávez Frías se funda, en principio, en la necesidad de convocar una Constituyente, porque supuestamente las instituciones y los partidos políticos estaban corrompidos en extremo y debíamos comenzar de nuevo. Muchas circunstancias hicieron germinar esa semilla en el electorado. El triunfo de Chávez no es exclusivo del plan  constituyente como tal, que incluso había sido el ofrecimiento en la campaña anterior por conducto del Dr. Oswaldo Álvarez Paz, pero indudablemente fue la oferta que signó el proceso.
El mecanismo no tenía fundamento legal, pero la historia la escriben los ganadores. La Constitución Nacional de 1961, vigente para entonces, no había previsto ese dispositivo,  sino el de las enmiendas y la reforma general. Sobre la primera teníamos dos experiencias, una del 11 de mayo de 1973, que fue el resultado del camino trazado por  las fuerzas políticas para inhabilitar la participación en la vida pública y hacia el futuro, del ex presidente Marcos Pérez Jiménez. Hoy, visto en retrospectiva, de repente hubiese sido mejor para la República, haber aceptado en su justa dimensión  el resurgimiento del perezjimenismo como factor político nacional. El apoyo a la figura de Marcos Pérez Jiménez  debió entenderse como manifestación de inconformidad popular contra las resultas de los primeros gobiernos de la naciente democracia. La falta de viviendas populares, servicios públicos insuficientes, zonas rurales abandonadas y otros males traducían que la riqueza natural del país no permeaba hacia toda la población. El neo perezjimenismo era un hecho inocultable a pesar de haber transcurrido sólo quince años de haber sido sacado a la fuerza del poder y muy poco tiempo desde el juzgamiento y condena a su líder. Pero las heridas que produjo la dictadura aún estaban abiertas,  nuestros políticos prefirieron bajar la fiebre con paños de agua fría, dejando el mal por dentro. Algunos líderes como los doctores Arturo Uslar Pietri y Eduardo Fernández, advirtieron la tormenta que nos acechaba pero faltó auditorio colectivo que los entendieran. La culpa no es imputable realmente a los Presidentes democráticos 1959-1998 y en general, a sus equipos de gobierno, sino a la estructura paquidérmica del sistema político, que incluso iba contagiando las mejoras adoptadas como el inicio de la descentralización, elección de gobernadores y alcaldes y otras propuestas.
La segunda enmienda, del 26 de marzo de 1983,  se aprobó para separar las elecciones de los concejales; determinar un nuevo lapso para el período constitucional, con lo cual se recortó el que estaba en tránsito; se creó una Comisión Legislativa bicameral que podía discutir y aprobar proyectos de leyes  y algunas otras decisiones de corte político. Esta enmienda probó el talante democrático del presidente Luís Herrera Campíns, quien aceptó el recorte de su presidencia, sin causar ningún trauma político. Sobre este punto existía un antecedente, ya que conforme a la Constitución de 1931 el período constitucional era de siete años, el cual fue recortado en la Carta Magna de 1936 después de electo Presidente el general Eleazar López Contreras. Por aplicación del principio de la irretroactividad de la ley su presidencia debía concluir el 19 de abril 1943, sin embargo, manifestó su voluntad de acatar las disposiciones de la nueva Constitución, por lo que renunció al cargo con efecto desde el 19 de abril de 1941.
También se había transitado y avanzado en una reforma integral de la Constitución de 1961, de la cual estaba encargada una Comisión Bicameral Especial que tenía un trabajo muy adelantado y, además, había previsto muchos de los conceptos e instituciones que se hicieron ver como parte  de la novedosa oferta del recién electo presidente Chávez, ejemplos,  el referendo o consulta popular directa, la creación de la Defensoría de los Derechos Humanos (Ombudsman) y la modernización del Poder Judicial, sin embargo no había clara voluntad política para concluir el proceso de reforma y faltaba un largo y engorroso  trecho, cual era la consulta a las Asambleas Legislativas.  
Asamblea Nacional Constituyente de 1999.
        Pero se siguió quizás el peor de los caminos, el presidente Chávez la misma tarde de su proclamación a pesar de no tener vía expedita constitucionalmente, firma el Decreto Presidencial N° 3 del 02 de febrero de 1999, publicado en Gaceta Oficial 36.634, solicitando al Consejo Supremo Electoral la convocatoria a constituyente y la autorización para que el Presidente de la República fijara las bases comiciales. Varios recursos contenciosos de nulidad fueron intentados y acumulados, obteniéndose algunas decisiones de la Sala Político Administrativa, competente para entonces en la materia, que al no ser suficientemente precisas, permitieron la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente, con bases comiciales que deberían ser fijadas por los propios constituyentistas. Pero la forma de designación de los mismos permitió que el Presidente de la República lograra un amplio número de adeptos, sin que fuera proporcional al número de votantes que le hacía oposición.
La Constituyente de 1999 fue un hecho político importante porque ciertamente vivíamos una  convulsionada situación social, como producto de un reciente golpe de Estado y la renuncia del Presidente Constitucional de la República,  que logró sosegarse con su funcionamiento pero como proceso histórico general debemos destacar:

a.     Violentó la Constitución de 1961, que debió ser previamente reformada para incorporar la posibilidad de su convocatoria e instalación.
b.     Desaplicó las sentencias interpretativas de la Sala Político Administrativa.
c.     Abuso en la conformación del cuerpo con el método conocido como El Kino.
d.     Una vez instalada fue más allá de sus atribuciones: Intervención del Poder Judicial, por ejemplo, que por su importancia debió ser producto de un proceso sosegado, técnico, profesional y no improvisado.
e.     Sobrepasó los límites temporales con la designación de una Comisión Legislativa Nacional, conocida como  Congresillo con lo cual extendió sus poderes después de disuelta.
          Dicha Constituyente propuso una Carta Magna aprobada en Referendo Nacional el 15 de diciembre de 1999, ciertamente garantista porque recopila los derechos individuales disgregados en diversas leyes y tratados internacionales signados por Venezuela. Vale la pena destacar que  en ella se prevé, dentro del Título IX, denominado “De la Reforma Constitucional”, tres capítulos sub titulados: “Capítulo I. De las Enmiendas”; “Capítulo II. De la Reforma Constitucional” y “Capítulo III. De la Asamblea Nacional Constituyente”. Esta distribución es en extremo importante porque significa que siendo la Asamblea Nacional Constituyente, una de las tres rutas para reformar la Constitución Nacional de 1999, sus decisiones no tienen aplicación inmediata  hasta que no hayan sido sometidas a referendo popular modificándose de esa manera la Constitución vigente. De manera que la Ley contra el odio, la tolerancia pacífica y la convivencia, entre otras,  no podía entrar en vigencia hasta tanto no se celebre el referendo popular aprobatorio y consecuencialmente, se complete el  proceso constituyente.

09/02/2018.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

El abogado, el juez y los robots.

  Jesús A. Jiménez Peraza @jesusajimenezp   En 1972 la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, obtuvo la aprobación de una pe...