Jesús
A. Jiménez Peraza.
@jesusajimenezp
A mis nietos.
Todos los fenómenos sociales y
científicos, deben ser clasificados para agruparlos conforme a sus características
y determinar su función vital. Recientemente recibí mensaje de un dilecto amigo que comenzaba así:
“Ustedes, los abstencionistas…...”,
mientras otro escribió en alguna aplicación de las redes “Voy a votar por Henry Falcón porque no soy abstencionista, de manera
que estaré exonerado ante mis hijos de cuanto pueda pasar en este país”. Ellos
se consideran patriotas y van a sufragar, hecho que respeto
profundamente, porque han simplificado
el 20 de mayo del 2018 como la
escogencia entre Nicolás Maduro o Henry Falcón, a sabiendas del rechazo
general hacia el primero u optar entre balas
o votos, dualidad donde la inmensa mayoría del pueblo de Venezuela, salvo
algunos desadaptados que nunca faltan, escogemos lo segundo.
Ciertamente existe un grupo social que
podemos denominar abstencionistas, no
aceptan el término por despectivo pero realmente lo son, no van a votar por no
estar obligados ya que la ley prevé el
sufragio como un derecho, no una obligación ciudadana; algunos alegarán cualquier causa superflua,
porque el día electoral amaneció con un sol radiante que invita a la playa, por
ejemplo, otros pondrán alguna excusa importante como una enfermedad cualquiera.
Genéricamente el Diccionario de la Real Academia Española define el
abstencionismo como “actitud o práctica consistente en no
ejercer el derecho a participar
en determinadas decisiones, especialmente en política”. Semánticamente, pues, el abstencionismo requiere de la existencia de un
derecho que no se ejerce.
Existe otro sector, amados nietos, que
no aparece en los grupos o sub grupos anteriores, no va a sufragar el 20 de
mayo como los patriotas ni sentirá
regocijo alguno al no hacerlo, como los abstencionistas. Este tercer lote
donde pertenezco, con mucho pesar no visitará centros ni mesas electorales porque siente que fue enervado su derecho
constitucional de participación política, hasta anularlo. Esta circunstancia es
producto de un tejido de añejas actuaciones
que fue minando las instituciones democráticas en el país. Los
diferentes órganos públicos fueron colaborando entre sí, no para permitir la
realización de los fines del Estado como ordena el artículo 136 constitucional,
sino para morigerarlo, para romper sus estructuras necrosando así la
institucionalidad. Poco a poco el voto dejó de ser expresión de voluntad ciudadana y se fue
convirtiendo simplemente en prueba circunstancial e inocua sobre el
funcionamiento de un sistema democrático, donde la alternancia es una de sus
bases pero que en Venezuela hoy no
funciona a cabalidad.
Fíjense bien en estos antecedentes. En
el año 2007 fuimos convocados para determinar si a través de una simple Reforma
Constitucional, permitíamos que el entonces presidente Hugo Chávez pudiera
postularse de manera indefinida para la primera magistratura nacional, porque
por algún error de cálculo la Constitución de 1999, escrita y “sancionada para 500 años” lo limitaba a
una sola reelección y por tanto, comenzaba a hacer aguas su proyecto. Ganamos y
ganamos limpiamente, aunque nunca he oído una explicación sobre denuncia
planteada por el profesor Tulio Álvarez (Fraude a la Democracia. Caso
Venezuela), quien desde el 08 de septiembre del 2004, advirtió sobre una
distorsión en nuestro padrón electoral, constituido por un gravísimo y decisivo
esguince entre el crecimiento anual poblacional admitido por el Instituto
Nacional de Estadística y la nómina de votantes. Lo cierto es que esa Reforma
Constitucional fue negada, pero poco tiempo después sustituida por una simple
Enmienda, a pesar que materia igual no
puede ser presentada a consulta referendaria dentro del mismo período, por
prohibición del artículo 345 de la Constitución. Eso permitió que un candidato
en estado pre agónico se postulara y ganara unas Elecciones que debieron
celebrarse en diciembre del 2012, pero fueron adelantadas por orden del Consejo
Nacional Electoral para octubre. Muy pocos conocían el estado de salud del
Presidente Electo, a la vez en ejercicio, ni sus condiciones físicas fueron corroboradas
por informe médico para el 10 de enero
del 2013, cuando debió tomar posesión de su cargo, lo cierto es que no se
presentó ante la Asamblea Nacional a juramentarse, pero el Tribunal Supremo de
Justicia por órgano de la Sala Constitucional lo exoneró de esa obligación, por
sentencia dictada la noche anterior (09.01.2013. Exp. 2012-1358).
En el 2015, queridos hijos de mis
hijos, llenos de esperanzas concurrimos nuevamente a las mesas electorales
buscando una simple mayoría en la Asamblea Nacional, para equilibrar un poco
nuestro debilitado sistema democrático, no la obtuvimos con la contundencia que
se auguraba en las encuestas y en la calle, tampoco los números reflejaron una
mayoría absoluta, el pueblo fue generoso y aprobó una inimaginable e inesperada
mayoría calificada, con lo cual
se podrían hacer muchas cosas por Venezuela. Esta vez el Consejo Nacional
Electoral proclamó los diputados y les entregó sus credenciales, pero no todos
pudieron instalarse el 5 de enero del 2016, porque nuevamente el Tribunal
Supremo de Justicia, ahora por conducto de la Sala Electoral defraudó al pueblo
de Venezuela y alimentó su escepticismo al suspender a los diputados de
Amazonas, de una manera absolutamente ilegal, justo tres parlamentarios para romper
la mayoría calificada en el órgano. Ni una sola ley pudo ser aprobada por el
Poder Legislativo, la Sala Constitucional se encargó de decapitarlas, alguna
incluso sin nacer porque le fue cercenada la potestad de sancionar leyes, antes
de discutirlas o de presentarlas a deliberación.
Bueno, no importa, comenzamos de nuevo
una batalla pacífica, constitucional que se ganaría con toda seguridad porque bastaba con contar unos votos que nos
sobraban y a principios del 2016 el bravo pueblo, vitalizado y vestido de
tricolor recorrió las calles, caminos, veredas y trochas de la Patria recogiendo
firmas porque había llegado la mitad del período lo que nos permitía celebrar
un referendo revocatorio al presidente
Maduro. Oh, Dios, unos jueces penales sin jurisdicción ni competencia, algunos
abogados conocen la diferencia, impidieron su tramitación dictando una medida
innominada, que no resultó provisional como exige la ley sino definitiva y
cuyas resultas aún desconocemos.
Para el 20 de mayo del 2018 estará aún
instalada una Asamblea Nacional Constituyente, no importa su legitimidad,
importante es que tiene reconocida
fuerza superior a todos los órganos públicos constituidos, cuya presidenta ya
advirtió que “jamás entregarán el poder”.
Así las cosas, creen ustedes que debo prestarme a ese sainete, no obstante
haber participado en todas las elecciones desde que cumplí 18 años, por lo que
mal puedo ser calificado como abstencionista?
Si alguna vez alguien osara
preguntarles si su abuelo fue patriota o abstencionista en octubre del 2018, díganle
que fue Precursor porque cree en la
aplicación de la Carta Democrática Interamericana, aprobada por Venezuela en
Lima, Perú, el 10 de septiembre del 2001, lo que no implica una intervención
del país por potencias extranjeras, sino el libre reconocimiento a nuestros
derechos democráticos, que deben ser defendidos por los venezolanos y los
pueblos y los gobiernos de América (artículo 1); porque reconocemos la
obligación ética y ciudadana de buscar, por nosotros mismos, un marco de
legalidad para nuestro orden constitucional, indudablemente alterado en lo
interno con los episodios que antes les mencioné (artículo 2); que los
precursores no tenemos porqué aceptar elecciones que no sean libres, justas,
periódicas y con sujeción al Estado de Derecho, celebradas a través un régimen
plural de partidos políticos, no inhabilitados caprichosamente por las
autoridades administrativas interesadas y, con base al principio universal de
separación e independencia de los Poderes Públicos (artículo 3). La no
concurrencia a las mesas electorales el 20 de mayo, es una alerta para que se respeten las formas legítimas de participación
ciudadana, para que jamás se repita en el país decisiones arbitrarias que
impidan el ejercicio de un derecho constitucional consagrado, como el referendo
revocatorio (artículo 6); es un grito para que Venezuela, América y el Mundo reconozcan
como alteración de nuestro orden jurídico los actos que reseñé; la justificada
no concurrencia, que no abstencionismo, conlleva una solicitud legal, pacífica
y procedente para que se ejecuten simples gestiones diplomáticas in situ y se constate
nuestra situación, lo que les permitiría interponer a los países del hemisferio sus
buenos oficios y coadyuvar en normalizar
nuestra rota institucionalidad, como una vez lo hizo el presidente Chávez en
favor de Honduras (artículo 20). Díganles que la inmensa mayoría del pueblo
venezolano constituimos hoy un grupo de Precursores
como
lo fueron José Leonardo Chirino, Manuel
Gual, José María España y Francisco de Miranda, guardando las distancias. Dios
proteja a Venezuela!
05/05/2018.
Excelente como siempre, también seré precursor, abrazos
ResponderEliminarMuy bueno. Haciendo uso del libre albedrío, me declaro precursora.
ResponderEliminarA Milena quisiera contactar con Ud para tratar tema de LIBERTAD
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