sábado, 15 de febrero de 2020

Las dos verdades.

Jesús A. Jiménez Peraza.
@jesusajimenezp
 

Votar o no votar, he ahí el dilema!
En Filosofía del Derecho, de orientación más filosófica que jurídica, existe la rancia disyuntiva sobre la prevalencia de las dos verdades, la sustancial o verdadera y la adjetiva o procesal. La primera se fundamenta en la conexión entre la realidad y los hechos, mientras que la segunda supone la aceptación con base a los elementos probatorios válidamente utilizados.
En el proceso judicial, que es la parte activa del procedimiento pre establecido en los códigos y leyes, tratamos que ambas verdades sean una sola, pero ellas no siempre coinciden. Muchas veces tenemos la íntima seguridad que un funcionario público incurrió en corrupción, porque es muy evidente la diferencia entre la fortuna que nos enrostra con vehículos de lujo, mansiones y viajes al final del mandato (verdad sustancial), en relación al raquítico balance presentado al asumir el cargo cuyo acrecentamiento no tiene explicación, pero es declarado inocente porque no se demostró culpabilidad en la comisión del delito (verdad procesal).
Obviamente que por razones teleológicas o por causa final, la verdad sustancial prevalece en nuestro intelecto y en nuestro corazón. No importa que al corrupto un tribunal lo declare inocente, de todas maneras en el círculo social donde convive se sabe la verdad y es rechazado, condenándole al ostracismo y repudio.
El ochenta por ciento de la población venezolana, rechaza la gestión del actual gobierno nacional.  Este es, sin embargo, un hecho aparente que debe ser demostrado para que la verdad verdadera genere un efecto. La prueba debe emerger a través de un acto material, cual es el electoral. Pero no toda esa inmensa masa de votantes está dispuesta votar porque no cree que su participación pueda generar la demostración de la verdad y, que ésta a su vez, pueda producir el ansiado cambio de gobierno.
Para asumir esta conducta se esgrimen abundantes y bien fundados razonamientos concretos: 1) No estamos en un Estado de Derecho, donde se respete el voto, la Constitución, las leyes y las formalidades; 2) La actual Asamblea Nacional, electa con abultada mayoría calificada fue castrada, en primer término al dictar la Sala Electoral  una medida cautelar  arbitraria, despojándolos de sus funciones no obstante la inmunidad incuestionable tipificada en el artículo 200 CN99. 3) Posteriormente cuando Sala Constitucional anuló caprichosamente todas las leyes sancionadas por el Parlamento y a éste lo declaró en desacato. 4)  Número suficiente de votantes clamaban por un referendo revocatorio en 2016, que fue impulsado apropiada y oportunamente, pero de manera inexplicable fue torpedeado por unos jueces sin jerarquía, competencia ni jurisdicción para impedirlo, lo cual lograron. 5) El Presidente de la República convocó a una Asamblea Constituyente, sin tener facultades para ello. 6) Dicho órgano se instaló y asumió funciones extras a las  conferidas por la Ley Suprema. 7) El presidente Maduro renovó su mandato en forma intempestiva (mayo del 2018), si aplicamos el principio de la continuidad constitucional.  8) Para el último período legislativo un grupo de diputados electos por la unidad opositora, se prestó para dividir la Directiva de la Asamblea y, de hecho, ejercen sin haber demostrado su instalación, quórum y deliberación válida.
En la práctica, estos y otros planteamientos de similar calibre, crean justificado escepticismo en la población y justifican el alejamiento del sufragio, a pesar de ser unánimemente reconocido como derecho humano universal e indispensable en el sistema democrático.
Frente a ellos, un numeroso sector de dirigentes y votantes, parte del principio de la necesidad de acudir al acto electoral a convocarse, porque es el único medio legal y pacífico para renovar el Poder Legislativo. Creen quienes así razonan, que es imposible que una mayoría tan determinante pueda ser morigerada y que sin concurrir a las urnas es imposible deslegitimar al gobierno en funciones, ya tenemos el precedente de diciembre del 2005.
Obviamente que el mecanismo idóneo para conocer la verdad sobre la voluntad soberana del pueblo venezolano, es concurriendo a votar en las inminentes elecciones parlamentarias, que conforme a la CN99 y las leyes que rigen el Poder Electoral, deben realizarse durante este año 2020 aunque no está fijado un lapso determinado, pero  la contundencia de los argumentos del sector abstencionista, me lleva a plantear la disyuntiva con las cuales inicio estas reflexiones: votar o no votar!.
Es necesario demostrar la verdad verdadera ante el país nacional y los principales países de la comunidad internacional que nos respaldan. Si bien tenemos la obligación de derrotar al socialismo que nos ha sido impuesto, electoralmente al principio pero mantenido con la fuerza y la sin razón después, porque es evidente el desastre en el cual está sumido el país nacional, debemos iniciar el camino con la demostración que esa es la voluntad mayoritaria.
Esa verdad sólo tenemos una forma de comprobarla y es votando dentro de las mejores condiciones posibles, porque:
A)    Si votamos y coinciden la verdad que intuimos como verdadera y la procesal, creamos ambiente para iniciar la salida, cualquiera sea, de esta pesadilla.
B)   Si nos abstenemos de votar, no podemos demostrar la verdad sustancial y seguiremos sometidos por la verdad adjetiva.
Dios bendiga a Venezuela!
15/02/2020.

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