Jesús A. Jiménez
Peraza.
@jesusajimenezp
Conforme
al diccionario de la Real Academia Española (DRAE), una de las múltiples
acepciones del vocablo “gobierno” aplicable a la idea que
queremos desarrollar, es “órgano superior
del poder ejecutivo de un Estado o de una comunidad política, constituido por
el presidente y los ministros o consejeros”. Cualquier diccionario jurídico
que consultemos gira, necesariamente, alrededor del mismo concepto simplemente
porque se trata de la aplicación de una institución regida tanto por la
Sociología, ciencia que estudia la
estructura y funcionamiento de las sociedades humanas, como las normas o principios que la regulan, lo que
sí constituye los fines propios del Derecho como ciencia.
Los
abogados, lo digo como mucho pesar, porque ha sido mi oficio por más de
cincuenta años, nos hemos quedado atrás en el volátil desarrollo de la
humanidad durante la segunda mitad del siglo XX y lo que va del actual.
Seguimos siendo formados dentro de estrechos márgenes del conocimiento humano,
reconociendo sólo el jus naturalismo, como
postulante de unos derechos anteriores a la norma escrita, regidos por
principios éticos y naturales del hombre y, el jus positivismo, que son precisamente esos dispositivos dictados
por una autoridad competente en un lugar determinados, las cuales tienen una
jerarquía preestablecida, dimanado desde la Constitución como ley suprema.
El
pensum académico orienta la abogacía, hacia ramas que les permita al estudiante
una vez laureado, obtener recursos para
la subsistencia y levantar una familia, como el Civil, Penal, Administrativo,
mientras que otras fundamentales para la formación integral del abogado, como Economía,
Filosofía, Sociología, e incluso, el Constitucional y el Internacional Público
y el Privado, los vemos de manera incidental, complementaria o, simplemente se
excluyen como la Historia nacional y universal sin percatarse que, aun cuando
ellas han tomado su propio camino y ciertamente existe la autonomía en el
ordenamiento jurídico, deben ser amalgamadas para entender y orientar la
complejidad del mundo actual, desbocado por el desarrollo de otras ciencias que parecen no tener límites como la
Informática, la Medicina y la cantidad de sub especialidades derivadas de las
ciencias de la Tierra y del Espacio
Exterior, que se entrelazan para regir el funcionamiento de la sociedad de hoy,
que por su complejidad desbordan los cánones normativos del Derecho como lo
conocemos.
Así como
el jus positivista clásico Jhon Austin (1885) en su Teoría del Derecho y Ronald
Dworkin con El Imperio de la Justicia
(1988) (I),
sacrificaron parcialmente sus rigurosas doctrinas para aceptar que no existe una
ley absoluta, permitiendo de esa manera el arbitrio y criterio interpretativo
de un verdadero juez, debemos aceptar en la Venezuela de hoy, obligados por las
necesidades imperiosas de sus habitantes, que pasan por la carencia
injustificada de los más elementales bienes y servicios y la potencial desintegración
que amenaza al Estado, la revisión del concepto práctico de lo que significa un gobierno y su utilidad, lo que
implica, necesariamente, repasar los principios más elementales del
constitucionalismo, que cada uno de los grupos u organizaciones que hacen vida
pública en el país dicen defender.
El
gobierno formal dirigido por el presidente Nicolás Maduro, sobrepasó los
límites del concepto que transcribimos al principio, proporcionados por el
diccionario oficial de la lengua castellana que forma parte integral de la
nación. Además de dirigir la acción del gobierno, a la Fuerza Armada Nacional,
las relaciones internacionales, administrar la Hacienda Pública Nacional y
demás complejas atribuciones, asignadas por el artículo 236 CN1999, no disimula
en controlar los Poderes Legislativos y Judicial del Estado.
Basta
oír las intervenciones del Dr. Jorge Rodríguez, presidente de la Asamblea
Nacional desde el 05 de enero del 2021, puesto no ha trazado ninguna directriz
sobre el ordenamiento jurídico que debe regirnos o sobre métodos técnicos o
políticos que establecerá para controlar al gobierno. Todas sus ruedas de
prensa e intervenciones públicas han sido sobre asuntos propios del Ejecutivo o
del Ministerio Público, como atentados,
espionaje, delitos contra la seguridad del Estado y similares.
El
Tribunal Supremo de Justicia, por su parte y, fundamentalmente la Sala
Constitucional, encargada de velar por la Carta Magna y la uniformidad en la
aplicación de nuestra legislación y principios jurídicos, circunscriben su
actividad casi en exclusiva a tomar decisiones que agigantan el poder omnímodo
del gobierno y no la igualdad entre los ciudadanos.
La oposición formal, entendiendo como tal
la reconocida por parte de la comunidad internacional, también distorsiona el
concepto de gobierno y los principios
básicos y elementales de nuestro sistema jurídico-político, sin mayores
explicaciones. Administra recursos de Venezuela en el extranjero, sin rendir
cuentas apropiadamente y sin que sintamos que, al menos, sirven como bálsamo
para la sufrida diáspora de venezolanos que deambulan sin rumbo, por los mismos
territorios que liberó Simón Bolívar. Extendieron el Estatuto para la
Transición, a pesar que todos los cargos públicos de elección popular son
finitos, aunque indefinidamente renovables por efectos de una cuestionada
Enmienda en el año 2009.
Debería
dicha oposición formal, explicar cuáles fueron los
resultados prácticos y el fin de la cacareada consulta pos 6D, además qué se
pretende con la famosa abstención
electoral, que se evapora una vez proclamados los candidatos del oficialismo
que, por efectos de la misma, asumen los diferentes cargos públicos.
La
respuesta a lo que es el gobierno y su utilidad, que por supuesto, debe mantenerse dentro de las pautas permitidas por
la civilidad, alejadas del salvajismo y con las limitaciones ignoradas por el hombre mal acostumbrado a lo largo de la Historia, que esperaba
soluciones mágicas porque primero se creía eran proporcionadas por los dioses y
luego por los héroes, ha de estar dentro de las ideas sistematizadas por Juan
Harvey Vela,
conforme a las cuales la fuerza, las
dictaduras y las guerras no pueden estar por encima del hombre en sentido estricto.
Hoy debemos entender que en virtud a la globalización y su incidencia en el
Derecho Internacional, el estudio de la ciencia jurídica no es ya exclusivo de
cada país sino universal, resaltando la ponderación de los
derechos fundamentales y dando paso
siempre a la “constitucionalización” del Derecho (II).
Pero, agrego, si la Constitución no es suficiente porque oficialismo y oposición en el caso venezolano, sólo se basan en ella para dar apariencia de legalidad, es menester entonces recurrir a otras ciencias y disciplinas distintas, como la Historia, la Filosofía, la Lógica, que permitan entender que un gobierno es para organizar al hombre, para que todos se alimenten apropiadamente, trabajen, disfruten y vivan como Dios manda, porque todo: animales, peces, aves, hierbas y árboles, fueron puestos en la tierra para su beneficio (Génesis I: 1-28). Dios bendiga a Venezuela!.
20/02/2021.
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