domingo, 7 de marzo de 2021

Parlamentos sin rumbo!


Jesús A. Jiménez Peraza.

@jesusajimenezp 

En los dos últimos artículos hemos analizado los Poderes Ejecutivo y Judicial, hoy lo haremos con el Legislativo. El sistema democrático es uno, por tanto no podemos afirmar que alguno de los elementos que lo integran es más importante que otros. Sin las leyes que hace el Parlamento, el Judicial no tendría insumos para aplicar en el ejercicio de sus funciones, ni el gobierno pautas que lo rijan. Sólo las dictaduras, las autocracias pudieran cerrar, sin consecuencias,  las puertas de la casa que hace las leyes. 

El Congreso Nacional, como se llamó el más alto organismo legislativo durante el lapso transcurrido entre la dictadura formal y el socialismo, estaba integrado por dos Cámaras: Senadores y Diputados, casi todas las funciones le correspondían en forma conjunta, aunque no necesariamente contemporáneas. La sanción de proyectos de leyes, por ejemplo, se podía iniciar en cualquiera de ellas pero requería de por lo menos dos discusiones en cada una de las Cámaras, en días diferentes. El nombramiento del Contralor y el Fiscal General de la República correspondía hacerlo en sesión conjunta.

Pero también tenían funciones privativas. Las leyes aprobatorias de tratados internacionales debían iniciarse en el Senado. También éste aprobaba ascensos militares a partir del grado de coronel o su equivalente en la armada; autorizaba la enajenación de bienes inmuebles del dominio privado de la Nación; el nombramiento del Procurador General de la República y otros. Diputados iniciaba la discusión de las leyes de Presupuesto y tributarias, al igual que ejercía la atribución de censurar a los ministros.

Todos los legisladores se elegían el mismo día y forma. La Cámara del Senado se componía con dos Senadores por Estado, más los correspondientes a la representación proporcional de minorías y por los ex presidentes de la República. El número de Diputados dependía de la base poblacional e igualmente con la minoría proporcional conforme a la ley.

La discusión sobre la conformación unicameral o de los dos cuerpos para integrar el Congreso Nacional, estuvo presente en la discusión tanto por la Comisión de Reforma Constitucional de 1961, como en la Plenaria. Según los Comentarios del Dr. Mariano Arcaya, el tema principal era la necesidad de dar celeridad o no en la formación de las leyes, asunto que se solucionó con la posibilidad de decretar la urgencia para su aprobación. En menor grado algunos congresistas planteaban  que la Cámara de Senadores podía representar “sectores oligárquicos”. Quizás el elemento prioritario a considerar, fue el de la igualdad que representaba para las regiones,  lo que de fondo constituye  un resabio de nuestro sistema federal,  que había sido una constante en todas las Constituciones desde 1811.

La CN1999 impone la conformación unicameral y cambia el nombre del órgano, en lo sucesivo Asamblea Nacional, compuesta por diputados electos en cada entidad federal con votación directa, secreta, personalizada y con representación proporcional  del uno coma uno por ciento de la población total del país. Cada entidad federal debe elegir además, tres diputados.

Sentencia de Sala Constitucional del 05 de junio del 2020 (Exp 20-215) desaplicó algunos artículos de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, confiriendo competencia al Consejo Nacional Electoral, para tomar  decisiones, entre ellas sobre el cociente nacional electoral y la conformación de la circunscripción indígena, hecho que junto a la desconfianza popular generada por  los proponentes de la acción que activó el procedimiento para la obtención de la sentencia, produjo gran escepticismo que se tradujo en marcado ausentismo electoral el pasado 6 de diciembre. En nuestro criterio todas estas acciones y procedimientos, deberían por el contrario, estimular la participación ciudadana como única forma de control.

Lo cierto es que la Asamblea Nacional no ha cumplido, por hechos propios o impuestos, con sus funciones constitucionales. No tiene ninguna excusa que el cuerpo 2006 – 2011, a pesar de estar constituido por una mayoría calificada oficialista, producto de la abstención generalizada de la oposición, haya habilitado al Presidente de la República para legislar. Entre otras razones no existía ninguna urgencia, tanto es así que hasta finales del período el jefe del Estado no promulgó la batería de leyes socialistas, para lo cual gozaba el cuerpo de la mayoría necesaria.

Durante el período 2011 – 2016, no tuvo la Asamblea ninguna actuación realmente importante en cuanto a la aprobación de leyes ni control sobre los Poderes Públicos. Es de resaltar que destituyó, en forma absolutamente ilegal a una diputada y cerró con un procedimiento irrito, sin cumplir lapsos y condiciones para designar a algunos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y sus respectivos suplentes. Posteriormente salió a la luz que el Poder Ciudadano, cuya opinión es fundamental en esta decisión, aun cuando habían realizado algunas reuniones al respecto, no firmaron el acta, lo que en Derecho Público equivale a su inexistencia.

La legislatura del 2016 – 2021, igualmente tiene varias máculas en sus actuaciones. Aunque ciertamente su trabajo fue totalmente neutralizado por la fuerza de los Poderes Ejecutivo y Judicial, este último, con decisiones constantes de las Salas Electoral y la Constitucional, que innovaron el procedimiento para regular el principio de la inmunidad parlamentaria y para el ejercicio de la potestad de control, debieron fundarse en la fuerza que les daba haber sido electos por mayoría abrumadora en el 2015.

Pero los mismos diputados antes de la instalación el 05 de enero del 2016 se encargaron de atomizar esa fuerza. Abandonaron la organización única que sirvió de vehículo para su elección y se distribuyeron los cargos directivos hasta con cinco años de anticipación, agrupándose en partidos que no habían participado en el proceso electoral. Esa conducta no fue entendida y lo que no se entiende no se respalda, sólo los fanáticos lo hacen.

La actual directiva 2021- 2026, está iniciando sus funciones pero ya se nota el rumbo, como satélite del Poder Ejecutivo. El Segundo Vicepresidente tuvo la osadía de manifestar en programa de televisión que su cargo lo debe al visto bueno del jefe de Estado y Gobierno. Dios bendiga a Venezuela!

jesusjimenezperaza@gmail.com

07/03/2021.

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