domingo, 6 de junio de 2021

Dos nuevas razones nos obligan a participar


Jesús A. Jiménez Peraza.

@jesusajimenezp 

Al parecer el diálogo político entre el gobierno nacional y no se quienes como representantes de la oposición, pero con seguridad  la presencia de miembros de la comunidad internacional, quienes tienen la obligación moral y legal de intervenir activamente en casos cuando se hace patente el sufrimiento sistemático de un pueblo, está avanzando.

Por otra parte, refiere alguna información de la prensa seria digital (diario El Impulso. 06.06.2021) que aún queda cabalgando entre las redes sociales y que debemos escoger apropiadamente para desgranarla de la cantidad de mensajes subjetivos, algunos impregnados de mala intención, que la Dra. Fatou Bensouda, de la Corte Penal Internacional, dijo a France24, que está muy cerca su Oficina de decidir si el caso de Venezuela va a la etapa de investigación porque están cumplidos los criterios para pasar a fase preliminar.

El antecedente jurisdiccional proviene de una solicitud formulada por Argentina, Canadá, Colombia, Chile, Paraguay y Perú en el año 2018, por hechos sucedidos en el 2014 y algunos específicamente desde el 2017. Argentina retiró su planteamiento y de acuerdo a lo que pase en las próximas elecciones de Perú, también este hermano país bolivariano podrá hacerlo, pero los cierto es que conforme al artículo 13, literal a) del Estatuto de Roma, es suficiente que un Estado Parte remita al Fiscal una situación donde parezca haberse cometido alguno de los delitos donde la Corte Internacional tiene competencia, para que el funcionario quede habilitado para analizar la veracidad y recabar información.

Entiendo, según la noticia de El Impulso, que estaríamos en el segmento procesal previsto en el artículo 15, ordinal 3° del referido Estatuto, de manera  que si la Fiscal llega a la conclusión que existe fundamento suficiente para abrir una investigación, debe presentar a la Sala de Cuestiones Preliminares una petición de autorización, junto con las pruebas recaudadas. En esta etapa las víctimas podrán presentar observaciones, con todo lo cual dicha Sala determinará el fundamento suficiente y su propia competencia, para decidir la posibilidad de apertura de una investigación formal.

No debemos aceptar las especulaciones interesadas que seguramente vendrán, enrareciendo la política vernácula. En el aspecto meramente jurisdiccional, se trata de unos trámites lentos y muy complejos, que extraigo del Estatuto de Roma como regente de las actuaciones de la Corte Penal Internacional, aprobado en la capital italiana, de allí su nombre, el 17 de julio de 1998, que no forma parte de la Organización de Naciones Unidas (ONU). En esta materia no tengo experiencia ni estudios académicos que me permitan hacer mayores comentarios, más allá de la simple interpretación de leyes, para lo cual si tengo algunos conocimientos.

La Fiscal Fatou Bensouda, de Gambia, África, es actualmente la Fiscal Jefe de la Corte Penal Internacional quien asumió sus funciones el 15 de junio del 2012. Algunos líderes nacionales cuestionaron  meses atrás sus actuaciones, adhiriéndose a las sanciones prodigadas por el presidente Donald Trump, por estar supuestamente parcializada. En efecto le fue suspendida la visa norteamericana y dictado una Orden Presidencial, porque solicitó a la Corte considerar la posibilidad de presentar cargos por abusos cometidos por las Fuerzas Armadas de EEUU y la Agencia Central de Información (CIA), por la violación de derechos humanos en la guerra de Afganistán. Esta sanción administrativa contra la Fiscal Bensouda, fue suspendida por el presidente Joe Biden recientemente.

El pueblo de Venezuela, tiene posibilidad de manifestar su conformidad o no con la administración del presidente Nicolás Maduro, como el segundo jefe de Estado de todo esto que se ha denominado socialismo del siglo XXI. No podemos ser contertulios en las mesas de diálogo, de hecho ni tan siquiera pienso que las mismas deben ser públicas como sugirió en primer mandatario, porque es normal que en esos debates se hagan y retiren propuestas para ensamblar soluciones definitivas, lo que sería visto como poco serio en la comunidad,  además obligará a las partes a ser inflexibles en sus posiciones, circunstancia infeliz para un acuerdo cualquiera, más de la magnitud de uno de trascendencia nacional. Tampoco nos es dado intervenir en los actos ya referidos ante el Tribunal Internacional, con sede en La Haya, reservado a los Estados Partes, La Fiscal Jefe y, en su oportunidad, a las víctimas directas.

Pero tenemos una gran posibilidad de hacernos oír. Para el 21 de noviembre del presente año están convocadas unas elecciones regionales, de gran magnitud e importancia. En nuestro criterio atender ese derecho de sufragio, además del ejercicio de la participación, fundamental en la democracia que queremos, conlleva un respaldo a los diálogos y una voz en el proceso penal infra indicado, independientemente de la conducta posterior del gobierno nacional. Nada hay oculto bajo el sol, el mundo sabrá si participamos o no denotando interés en nuestro destino  y conocerá nuestra decisión aunque no sea reflejada apropiadamente. Dios bendiga a Venezuela.  

jesusjimenezperaza@gmail.com

06/06/2021.

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

El abogado, el juez y los robots.

  Jesús A. Jiménez Peraza @jesusajimenezp   En 1972 la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, obtuvo la aprobación de una pe...