Jesús A. Jiménez Peraza.
@jesusajimenezp
Al
parecer el diálogo político entre el gobierno nacional y no se quienes como
representantes de la oposición, pero con seguridad la presencia de miembros de la comunidad
internacional, quienes tienen la obligación moral y legal de intervenir
activamente en casos cuando se hace patente el sufrimiento sistemático de un
pueblo, está avanzando.
Por
otra parte, refiere alguna información de la prensa seria digital (diario El
Impulso. 06.06.2021) que aún queda cabalgando entre las redes sociales y que
debemos escoger apropiadamente para desgranarla de la cantidad de mensajes subjetivos,
algunos impregnados de mala intención, que la Dra. Fatou Bensouda, de la Corte
Penal Internacional, dijo a France24, que está muy cerca su Oficina de decidir
si el caso de Venezuela va a la etapa de investigación porque están cumplidos
los criterios para pasar a fase preliminar.
El
antecedente jurisdiccional proviene de una solicitud formulada por Argentina,
Canadá, Colombia, Chile, Paraguay y Perú en el año 2018, por hechos sucedidos
en el 2014 y algunos específicamente desde el 2017. Argentina retiró su
planteamiento y de acuerdo a lo que pase en las próximas elecciones de Perú, también
este hermano país bolivariano podrá hacerlo, pero los cierto es que conforme al
artículo 13, literal a) del Estatuto de Roma, es suficiente que un Estado Parte
remita al Fiscal una situación donde parezca haberse cometido alguno de los
delitos donde la Corte Internacional tiene competencia, para que el funcionario
quede habilitado para analizar la veracidad y recabar información.
Entiendo,
según la noticia de El Impulso, que estaríamos en el segmento procesal previsto
en el artículo 15, ordinal 3° del
referido Estatuto, de manera que si la
Fiscal llega a la conclusión que existe fundamento suficiente para abrir una
investigación, debe presentar a la Sala de Cuestiones Preliminares una petición
de autorización, junto con las pruebas recaudadas. En esta etapa las víctimas
podrán presentar observaciones, con todo lo cual dicha Sala determinará el
fundamento suficiente y su propia competencia, para decidir la posibilidad de
apertura de una investigación formal.
No
debemos aceptar las especulaciones interesadas que seguramente vendrán,
enrareciendo la política vernácula. En el aspecto meramente jurisdiccional, se
trata de unos trámites lentos y muy complejos, que extraigo del Estatuto de
Roma como regente de las actuaciones de la Corte Penal Internacional, aprobado
en la capital italiana, de allí su nombre, el 17 de julio de 1998, que no forma parte de la Organización de Naciones Unidas (ONU). En esta materia
no tengo experiencia ni estudios académicos que me permitan hacer mayores
comentarios, más allá de la simple interpretación de leyes, para lo cual si
tengo algunos conocimientos.
La
Fiscal Fatou Bensouda, de Gambia, África, es actualmente la Fiscal Jefe de la
Corte Penal Internacional quien asumió sus funciones el 15 de junio del 2012. Algunos
líderes nacionales cuestionaron meses atrás
sus actuaciones, adhiriéndose a las sanciones prodigadas por el presidente
Donald Trump, por estar supuestamente parcializada. En efecto le fue suspendida
la visa norteamericana y dictado una
Orden Presidencial, porque solicitó a la Corte considerar la posibilidad de
presentar cargos por abusos cometidos por las Fuerzas Armadas de EEUU y la
Agencia Central de Información (CIA), por la violación de derechos humanos en la
guerra de Afganistán. Esta sanción administrativa contra la Fiscal Bensouda,
fue suspendida por el presidente Joe Biden recientemente.
El
pueblo de Venezuela, tiene posibilidad de manifestar su conformidad o no con la
administración del presidente Nicolás Maduro, como el segundo jefe de Estado de
todo esto que se ha denominado socialismo del siglo XXI. No podemos ser
contertulios en las mesas de diálogo, de hecho ni tan siquiera pienso que las
mismas deben ser públicas como sugirió en primer mandatario, porque es normal
que en esos debates se hagan y retiren propuestas para ensamblar soluciones
definitivas, lo que sería visto como poco serio en la comunidad, además
obligará a las partes a ser inflexibles en sus posiciones, circunstancia
infeliz para un acuerdo cualquiera, más de la magnitud de uno de trascendencia
nacional. Tampoco nos es dado intervenir en los actos ya referidos ante el Tribunal
Internacional, con sede en La Haya, reservado a los Estados Partes, La Fiscal
Jefe y, en su oportunidad, a las víctimas directas.
Pero tenemos una gran posibilidad de hacernos oír. Para el 21 de noviembre del presente año están convocadas unas elecciones regionales, de gran magnitud e importancia. En nuestro criterio atender ese derecho de sufragio, además del ejercicio de la participación, fundamental en la democracia que queremos, conlleva un respaldo a los diálogos y una voz en el proceso penal infra indicado, independientemente de la conducta posterior del gobierno nacional. Nada hay oculto bajo el sol, el mundo sabrá si participamos o no denotando interés en nuestro destino y conocerá nuestra decisión aunque no sea reflejada apropiadamente. Dios bendiga a Venezuela.
06/06/2021.
No hay comentarios:
Publicar un comentario