Jesús A. Jiménez Peraza
@jesusajimenezp.
La
comunidad barquisimetana en especial y la del estado Lara en general, conocen o
perciben que el Colegio de Abogados del Estado Lara, o CAEL, como le
denominamos los agremiados, está atravesando por momentos muy tormentosos. En
parte porque todas las instituciones que integran las sociedades intermedias, es decir, la que
están entre el individuo y el Estado, son presas fáciles de los gobiernos
socialistas donde solo se reconoce fuerza política a esos dos extremos: las
personas naturales, a quienes controla a través de diversos mecanismos, como
políticas salariales; producción y distribución de alimentos; limitaciones crediticias
etc y a quienes permiten asociarse únicamente en órganos de poca proyección,
como las cooperativas o asociaciones de vecinos, siempre que les sean afectos.
Al
Estado el socialismo le confiere todo el
poder pero centralizado, no admite que los órganos superiores que lo componen
junto al ejecutivo, básicamente el
legislativo y el judicial, puedan
ejercer sus funciones propias y que se controlen entre sí. Todo debe ser
regido por un gobierno central. Esto explica cómo es que se imposibilitó que la
Asamblea Nacional, con mayoría opositora calificada en el 2016 – 2021, pudiera
legislar, controlar y participar en
decisiones capitales de la República, al ser castrada por el Poder Judicial y,
éste a través de diferentes tácticas de las cuales he hablado en otras
reflexiones anteriores, comenzando desde el llamado Congresillo en 1999. Lo
anterior debo decirlo como antesala obligada, pero no percibo que sea el
problema actual y mayor en el Colegio de Abogados del Estado Lara.
CAEL
es una corporación, que en el Derecho de origen romano son asociaciones de
personas con intereses colectivos, aunque tenga personalidad jurídica propia.
Es diferente a la concepción en el Derecho anglosajón, donde el término se
refiere a la unión de diferentes empresas de gran capital, que nosotros
conocemos como consorcios. Esta definición es importante para entender la
fuerza que los abogados de Lara representamos en nuestra comunidad, primero,
porque como corporación ejercimos una gran función, hemos sido centro de
debates; de difusión de las ciencias del Derecho; lugar de reunión de las
asociaciones y gremios de la región y de Venezuela; cumplido tomando iniciativas
legislativas; centro de referencia regional y nacional; hemos prestado
asesoramiento e incluso seguido procedimientos judiciales para ayudar a los más
pobres a obtener justicia o como centro de conciliación; nos hemos destacado en
actividad deportiva y cultural con una coral y el cine club, que funcionaron
con mucho esplendor.
Individualmente
nuestros abogados afiliados han figurado en las academias; en funciones
legislativas, como diputados y senadores;
sabios y probos jueces en todas las instancias; escritores; ilustres
litigantes y jurisconsultos a los cuales no voy a individualizar porque la
lista es prolija y seguro dejo algunos, muy meritorios, sin listar.
Por
diferentes causas nuestra última junta directiva se disolvió. Ella fue electa
para el período 2017 – 2019 y no fue renovada tempestivamente, ya que no es
fácil realizar un proceso electoral que, en principio, debería ser interno por la naturaleza corporativa
ya analizada, pero que por disposición constitucional es ahora controlada por
el Estado a través del Consejo Nacional Electoral.
Uno
de los dos integrantes de esa directiva atomizada por el cumplimiento del término,
pero en funciones por el principio de continuidad administrativa y sin el apoyo
del otro directivo, de su mismo origen y potestades, convocó en forma unilateral y arbitraria para
designar una nueva junta, lo que es ilegal porque solo le es posible a la
Asamblea General, nombrar una comisión
electoral para que cumpla el mecanismo diseñado por el CNE y bajo su
supervisión proveernos de los órganos directivos regulares por dos años.
Como
quiera que CAEL tiene compromisos laborales, mercantiles y civiles con la
preservación de sus activos y demás funciones que le son propias y, por la
situación especial sobre venida por la muerte del presidente, mi apreciado
amigo José Luis Machado Astudillo (QEPD), en base a otras fuentes alternativas
a la ley porque no está la potestad específicamente prevista, podemos mediante Asamblea General de Agremiados nombrar
transitoriamente a los directivos faltantes.
A
falta de quórum en la primera convocatoria, conforme a los dispositivos
aplicables, se debía llamar a una segunda asamblea, donde se tomarían las
decisiones de agenda. La casi unanimidad de los presentes se opuso a aprobar
los puntos en debate porque, como antes dijimos, sería ilegal. Se convino
entonces en nombrar una comisión especial que se encargaría de enderezar los
entuertos. Esta comisión especial, fue designada por la Reunión Ampliada de
abogados que allí mismo se constituyó y que no refrendó la Asamblea ilegal por
el objeto para lo cual fue convocada.
Se
autorizó preparar la convocatoria con el fin de “elegir la Comisión Electoral para
regir el próximo proceso para
elegir la nueva junta directiva del CAEL, así como adoptar medidas prudentes y necesarias destinadas a
lograr el funcionamiento normal de la dirección y administración del CAEL, mientras se elige la nueva Junta directiva”.
En mi criterio, por tener la Reunión Ampliada su fuente en una Asamblea General,
aunque ésta formalmente no se haya constituido, es la que debe representarnos como
voceros, sin funciones administrativas ni de disposición, hasta que se
juramente una nueva junta directiva.
El
primer y único convocante, a la vez secretario de la junta 2017 – 2019, después
que se disolvió la reunión hizo un acta, no sé con cuántos presentes si es verdad que
estaban en el sitio y designó una “junta
directiva” que ha anunciado públicamente
y ante órganos abogadiles nacionales e instituciones del Estado, como nuestros
representantes legítimos, cuando ciertamente no lo son.
Un
grupo de abogados, cumpliendo la ley que nos rige, y por mandato de la Comisión
Especial designada para esta misión,
está cumpliendo los pasos legales y reglamentarios para cubrir las vacantes y
designar la comisión electoral. Entre tanto estaremos en un limbo jurídico.
Personalmente
recomiendo a todos los organismos gremiales, públicos y privados; especialmente
a los demás Colegios de Abogados, a la Federación de Colegios de Abogados e Instituto
de Previsión Social; contratistas, proveedores y trabajadores; a la
colectividad en general, entender que estamos en un período especial, pero que
CAEL volverá con mayor fuerza y renovados bríos a prestar sus funciones
internas y externas y a defender sus bienes.
Respecto
a quienes hayan contratado con CAEL, deben asesorarse bien con profesionales
del Derecho de su confianza. En mi criterio,
no existe actualmente persona o directiva facultada para recibir dinero,
ni bienes; tampoco para contraer activa o pasivamente obligaciones o compromisos con la corporación. Solo los trabajadores
pueden válidamente recibir sus salarios, sin que tengan obligación de repetir,
es decir, devolver después lo recibido.
Quiera Dios que el Poder Ejecutivo entienda que somos capaces de resolver nuestros conflictos internos y que si llegamos a necesitar del Estado, será a través de los órganos de administración de justicia, cuyos fundamentos y potestades conocemos porque es nuestro oficio. Dios bendiga a CAEL y a Venezuela!
jesusjimenezperaza@gmail.com
08/03/2022.
De acuerdo contigo Jesús. Debemos saber queos gremios permanecen en el tiempo y las cosas buenas las recibimos y también la proyectamos. Hagamos las cosas legal pero con consciencia
ResponderEliminarDebo señalar lo siguiente sobre el escrito.
ResponderEliminarPrimero.El presidente + nunca tuvo la voluntad de promover la convocatoria a elecciones, una vez vencido el periodo de dos años.
Segundo. El problema de acefalia es de quienes ganaron, (la vicepresidenta, el vicepresidente, el tesorero,) porqué abandonaron sus cargos?
Tercero. Tanto esta Directiva provisional como la que viene, están viciadas, porque ambas no han Sido convocadas por la junta directiva, la del domingo 6/03,no contó con la publicación en la cartelera del colegio todos los días,no se hizo en el auditorium, tampoco observamos la presencia de algún Directivo principal, como establece el reglamento de la ley.
Cuarto. Pregunto? Qué se busca con una nueva directiva provisional?. No será mejor pedir la nulidad del acto electoral del 18/02 y pedir las medidas cautelares innominadas a que haya lugar?