sábado, 19 de marzo de 2022

Para hablar de colegiación, conozcamos primero su origen.


Jesús A. Jiménez Peraza

@jesusajimenezp

La desintegración de las diferentes organizaciones o grupos sociales ha sido una constante en la humanidad y la   transformación o actualización, un proceso necesario para mantener su vigencia. Ejemplos muy claros son  la iglesia católica y la monarquía. La primera, con todos sus conflictos, se mantiene después de dos mil años, ciertamente ha sufrido divisiones como el Cisma de Constantinopla o la reforma protestante, pero en general es la misma obra de Jesucristo y su doctrina imperecedera. La iglesia se mantiene vigente porque se ha transformado incluso en ritos que parecían monolíticos y, de alguna manera, se han respetado las escisiones sufridas.

          La monarquía, por el contrario,  se evaporó a raíz de la Revolución Francesa, los pocos representantes que aún persisten no tienen fuerza política alguna, simplemente se mantienen sin representar al gobierno, de manera que sus acciones específicas se limitan a actos diplomáticos, de protocolo, que no causan conflicto alguno para impedir la conducción del Estado. Este sistema no pudo sobrevivir a la crisis generada por la confrontación contra la nobleza, el clero y el estado llano, el último conformado por la burguesía integrada principalmente por industriales, artesanos, comerciantes y profesionales.

Este grupo de la burguesía formó el llamado tercer estado, organizado por Emmanuel Joseph Sieyès, abate francés, ensayista y académico de la segunda mitad del siglo XVIII, para darle cuerpo a la Revolución Francesa. Entre ellos debemos destacar a los profesionales,  porque adquirieron mucha fuerza social y económica, convirtiéndolos en factor importante para el derrocamiento de Luis XVI al integrarse, además,  a un movimiento filosófico, también surgido desde mediados del siglo XVIII, que fue el liberalismo.

          Los profesionales, con ideas liberales se opusieron a las monarquías absolutas, promovieron el gremialismo, la democracia representativa y el estado de Derecho, principios que posteriormente los llevaría a enfrentar las ideas de Carlos Marx y Federico Engels, compiladas en el Manifiesto Comunista publicado  a mitad del siglo XIX, cuya base social fueron los proletarios, campesinos, obreros y pequeños artesanos, quienes también se fueron desmembrando del tercer estado.

Los profesionales conforman a través del tiempo,  unas asociaciones complejas, tanto en lo político - social como en lo jurídico. Ellos constituyeron un bloque separado de los comerciantes e industriales. Estos últimos se dedicaron a producir bienes y riquezas en gran escala con el desarrollo industrial. Aunque tenían la misma génesis como integrantes del tercer estado de Sieyés,  los profesionales ocuparon el estrato de la prestación de servicios. Algunos de sus representantes fueron adquiriendo mucha figuración e influencia pública, conformando una especie de eslabón entre “burgueses” y “proletarios”.

Pienso que el decreto de la gratuidad de la educación en Venezuela en todos los niveles,  dictado por Antonio Guzmán Blanco en el año 1870, y profusamente abonado por todos los gobiernos posteriores de la República, ayudó al fortalecimiento de la clase profesional.

          Los colegios profesionales, como hemos llamado a la organización que los agrupa, han sido socialmente muy fuertes, caracterizándose por su carácter exclusivo ya que solo admiten personas de la misma profesión con la idea, apropiada, de auto controlarse estableciendo normas reglamentarias incluso de jerarquía legal y ética, para la vigilancia de su ejercicio profesional.

          Como antes dije, jurídicamente también se ha reconocido un alto estatus a los colegios profesionales, puesto a pesar de ser corporaciones de Derecho Privado, con poca incidencia en lo económico, sus actos son de autoridad, con naturaleza jurídica semejante a los dictados por los órganos del Estado.

Los abogados y sus Colegios.

          Por Decreto del 02 de marzo de 1863, el Jefe Supremo de la Nación José Antonio Páez casi al término de su mandato, puesto en abril se firmaría el Tratado de Coche poniendo fin a la guerra Federal, ordena la creación en cada distrito de un colegio de abogados, compuesto por todos quienes se hallen o no en ejercicio de su profesión. En esa misma ley reconoce la función de los procuradores, para quienes hayan ejercido tres años en el foro bajo la dirección de un letrado con estudio abierto (Leyes y Decretos de Venezuela. Biblioteca de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales. Tomo 4. Pág. 246-249). Dicha ley sustituyó la del 30 de abril de 1849 (Tomo 2, obra citada), donde se establecían los requisitos que debían llenar los abogados, no reconocía la colegiación y permitía los patrocinantes en el artículo 16, legitimados para actuar en juicios representando derechos ajenos, sin ser abogados.

          En el año 1956 en el VI Congreso de Colegios de Abogados en Ciudad Bolívar, algunas entidades presentaron diferentes proyectos de leyes, entre los cuales fue escogido el del estado Lara, que sirvió de base al Ministerio de Justicia para tomar la iniciativa legislativa ante el Congreso de la República en 1957, sin embargo, algunas disposiciones fundamentales como las relacionadas con la Federación de Colegios de Abogados y el Tribunal Disciplinario, fue confiado al desarrollo reglamentario, por lo que la ley resultó ineficaz en la práctica.

          En el VII Congreso de Abogados en Trujillo se discutió sobre un reglamento que complementara la ley, pero nunca entró en vigencia (Tomado de la Exposición de Motivos de la Ley de 1957), razón por la cual los doctores Raúl Leoni y Rafael Caldera, como Presidente y Vicepresidente del Congreso Nacional en 1958, respectivamente, promovieron la sanción de la Ley de Abogados de ese año, en la cual se introdujo un capítulo relacionado con la Federación, pero nada regulaba en relación a la seguridad social, tema confiado al Montepío, que en realidad en nada favorecía a los profesionales del Derecho. La inclusión del Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) fue impulsado por el presidente de la República, Raúl Leoni, incluyéndose un capítulo al respecto en la Ley de Abogados, aun en vigencia,   publicada en 1967.

          El tema central es que se trata de una ley ya vetusta, cuya estructura no aborda los problemas que hoy en día se presentan en los colegios de abogados en general; ni regula los sufridos por el profesional de la abogacía en particular,  con un número de letrados que desborda ampliamente los requerimientos de los usuarios del servicio de justicia;  profesionales que no están adecuadamente instruidos en el manejo de las ciencias propias del Derecho, ni en las disciplinas relacionadas; que ejercen ante tribunales y oficinas administrativas donde campea la desidia y la corrupción; con instituciones que deberían protegerlos individual y colectivamente que tampoco funcionan, como la Federación de Colegios de Abogados y el Inpreabogado.

          Es esta la triste realidad de los abogados en Venezuela, a pesar que el artículo 253 de la CN1999, los reconoce dentro del sistema de justicia, lo que hace suponer tendrían algunas prerrogativas especiales para el ejercicio de sus funciones propias, porque ellas inciden en los aportes del Poder Judicial para el desarrollo social y cultural de la República.

          Si los colegios profesionales no se adaptan a la realidad nacional; si no recogen las más sentidas necesidades de sus agremiados; si se fomentan luchas intestinas sin sentido; van a desaparecer, como sucedió con la monarquía absoluta. Dios bendiga a CAEL y a Venezuela.

jesusjimenezperaza@gmail.com

19/03/2022.

 

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