Jesús A. Jiménez Peraza.
@jesusajimenezp
La verdad que personalmente no le veo muchas posibilidades de éxito, ni tan siquiera entiendo el fin perseguido, con el diálogo entre la oposición y el gobierno nacional. Tampoco me parece que sea un tema que pueda ser atractivo para la población en general, cuya inquietud mayor anda por otro lado: sobrevivir. Este verbo no debe entenderse solo como la posibilidad de permanecer en el tiempo, sino que traduce la capacidad que tenemos los seres humanos de adaptarnos y sobreponernos a condiciones adversas, siendo entonces sinónimo de resiliencia.
Muchos
venezolanos están por debajo de los niveles críticos de pobreza porque los
ingresos familiares no cubren los montos de la canasta básica, ese es su justificado
problema principal; pero otros se enfocan en la angustia producida por sus parientes que allende los mares salieron,
legal o ilegalmente, para procurarse el sustento en un mundo que les es hostil.
También el caso de la inseguridad de bienes y personas es tema comprendido para la cotidiana preocupación de nuestros
nacionales, al igual que lo es la
precaria calidad de los servicios públicos. Ahora, se suman los embates de la
naturaleza magnificados por las faltas de mantenimiento de los canales de
desagües, bien naturales, bien construidos en otros tiempos por el hombre.
No niego ni
tengo duda alguna sobre la conveniencia de dialogar para conseguir soluciones
alternas y pacíficas a los problemas o precaver litigios futuros. Pero este
requiere al igual que en los conflictos particulares de dos elementos
fundamentales, el interés y la legitimidad. Los interlocutores deben ser los
titulares de las obligaciones y derechos deducidos y tener la posibilidad de
algún beneficio personal o al menos para el grupo social al cual pertenece.
Sino éste seguirá enfocado en los problemas que lo acogotan.
Debemos tener
claro que el ente llamado a constituirse en parte del diálogo, es la República
de Venezuela, como estructura de Derecho Público obligado a velar por una serie
de principios como la integridad territorial, la cooperación, la solidaridad,
concurrencia y corresponsabilidad, cuya preservación ha de ser necesariamente
la motivación para dialogar. En nuestro
caso participa una parte del Estado que es el gobierno, signado por la
motivación o interés exclusivo en seguir ejerciendo el poder y en la suspensión
de las llamadas sanciones que le entorpecen su ejercicio, pero además que ellas
no dependen de la oposición, no representan punto vital para el común de los
ciudadanos. El bloqueo son decisiones provenientes de órdenes del ejecutivo
norteamericano o de leyes sancionadas
por el senado, que obedecen en definitiva
a los intereses del coloso del norte.
Por su parte, ningún
grupo o partido opositor tiene la cualidad, para atribuirse la representación
del pueblo venezolano en la procuración
de acuerdos. Lo primero que corresponde
es entonces, buscar a quien o quienes deben constituirse en el apoderado del
sector opositor para asumir nuestra representación. Ello requiere de un gran
concierto que a bien seguro no saldrá de las llamadas primarias, donde solo
participará un grupo popular, ya veremos el porcentaje, sino de todos los
segmentos de la vida nacional, político, académico, sindical, empresarial,
iglesias, ellos habrán de elaborar unas propuestas para buscar soluciones a los
problemas reales a los cuales nos referimos al inicio y, de allí mismo saldrá a
bien seguro un abanderado para las próximas elecciones.
Me cuesta creer
que dentro de la agenda de discusiones deba incluirse la fecha tentativa para
celebrar las elecciones presidenciales, por mucha angustia que nos cause el mal
gobierno del actual jefe del Estado. En un sistema democrático es fundamental
respetar ese lapso que necesariamente debe estar preestablecido
constitucionalmente. Fue un gran error celebrar elecciones en el 2018, así lo
expresé en su oportunidad, porque no
puede incrustarse caprichosamente una fecha que por alguna razón sea favorable a una de las partes en contienda. El primer mandamiento es respetar los principios
constitucionales.
Si bien ni la
CN1961 ni la CN1999, establecen el lapso para la elección presidencial, si está
previsto en la CN1953 y las normas y principios de la carta magna permanecen
como vinculantes si no son cambiadas de manera expresa por una posterior de la
misma jerarquía.
El artículo 104
CN1953 establecía el día electoral el determinado por el Congreso Nacional,
dentro de los tres meses anteriores al 19 de abril marcado para entonces como
inicio del período constitucional. Hoy sería dentro de los tres meses anteriores al inicio
del período constitucional (10 de enero 2025), previa determinación del Consejo
Nacional Electoral. Más que este tipo de diálogo propuesto requerimos dar
cumplimiento a la Carta fundamental. Dios bendiga a Venezuela.
16/11/2022.
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