Jesús A. Jiménez Peraza.
@jesusajimenezp
Otra razón para
adelantar los tiempos, indudablemente la
constituye la deplorable situación económica, social y la desinstitucionalización
que atraviesa la República. Un altísimo porcentaje de connacionales siente la
necesidad de un cambio de gobierno. El comunismo no ha sido en ninguna época ni
región un sistema apropiado para construir un país próspero, en nuestro caso se
une además que quienes han ejercido la jefatura socialista del Estado no han
tenido la mejor formación ni les ha sido
posible consolidar un equipo idóneo para dirigir ni crisis ni bonanzas, porque
en ninguna de las dos situaciones el comunismo es la panacea. En las primeras
los problemas políticos y económicos se agravan, se perpetúan por la indebida
dirección y en el segundo escenario, la
riqueza se evapora. Venezuela ha sido ejemplo vivo de ambos extremos durante el
siglo XXI.
Al parecer para las elecciones del 2024 habrá al menos tres
candidatos principales:
1)
el oficialista, casi con
seguridad el actual Presidente de la República, quien habla clara y
directamente de su intención. En el año 2009 fue reformado el artículo 230
CN1999 que permitía la reelección presidencial “de inmediato y por una sola vez, para un período adicional”. Ese
el artículo in comento fue reformado por un supuesto normativo donde se lee: “El período presidencial es de seis años. El
Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido”. Me parece que
la enmienda no cambió el sentido de la norma porque “Reelegir” según el DRAE significa “Volver a elegir”, no implica que sea indefinida la posibilidad de
elección. Dadas las circunstancias, ni en la propuesta de reforma del 2007 ni
para la enmienda del 2009, el planteamiento fue muy preciso e indubitable como
era la norma original. De hecho no sé si en nuestro idioma existe un solo
vocablo que implique “reelección indefinida”. Tampoco sé si vale la pena una
consulta a la Real Academia de la lengua española, para aclarar la intención,
al menos expresada, en la redacción del dispositivo y votada en referendo
nacional.
2)
Candidato surgido de las
elecciones primarias propiciadas por un sector. En algunos países esta
escogencia inicial es obligatoria porque en las leyes de la materia no se prevé
el mínimo requerido para la renovación
de la inscripción de los partidos políticos, después de cada elección. Sirve
entonces para relegitimar la vida de los partidos y filtrar la posibilidad de
un sinnúmero de candidatos, que dificultan y encarecen los procesos. En
Venezuela no es necesario este sistema porque el partido que supere el uno por
ciento (1%) de los votos emitidos acreditan automáticamente su nómina, quedando
obligados solo a presentar constancia del hecho. A falta de una previsión como la nuestra, en
Argentina por ejemplo, un país de composición política similar a Venezuela,
existe la llamada Ley PASO (elecciones primarias, abiertas, simultáneas y
obligatorias).
El sistema no es malo de por sí, el
problema criollo es que, en su gran mayoría, los participantes en las
primarias, no tienen las condiciones idóneas para ejercer la jefatura del
Estado y ello no contribuye a morigerar la dificultad mayor que nos embarga,
que es la apatía, el desgano de la gente común de participar en la consulta,
aun cuando quieran el cambio de gobierno.
Lógicamente, es de suponer que un candidato que no tenga el perfil
ético, conocimientos, idoneidad para promover un equipo y unas bases
programáticas será desechado en la elección misma, pero si a la vez
desprestigió el proceso y contribuyó a
una raquítica participación, habrá a su vez torpedeado al ganador por generar
la conseja del poco atractivo popular, porque de tenerlo alguno de los
candidatos la participación habría sido masiva. En consecuencia, fortalece al gobierno.
3)
candidato de consenso. Tendría la
ventaja de provenir de organizaciones y personalidades que generan confianza y
participación popular. La escogencia se
hace con base a aptitudes positivas, liderazgo, preparación para el cargo,
experiencia, no por circunstancias como recursos económicos de origen
desconocido que pueden propiciar una movilización, no masiva, pero si
suficiente dada la pequeña data de participantes. Dios bendiga a Venezuela
05/12/2022.
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