viernes, 31 de mayo de 2024

Con Edmundo González Urrutia hacia la Tierra Prometida.


Jesús A. Jiménez Peraza

@jesusajimenezp


 

Se ha estado planteando intempestiva y separadamente, por algunos juristas y políticos: A) estudiar la posibilidad de una transición EGU a MCM, atendiendo la fórmula Cámpora – Perón. B) que el presidente Maduro anticipe la entrega del gobierno, de perder la consulta electoral del 28 de julio, puesto el lapso hasta el 10 de enero del 2025 es, no hay dudas, muy largo (https://www.bing.com/videos/riverview/relatedvideo?&q=el+citizen&&mid=FCA745AD4BD142FF1419FCA745AD4BD142FF1419&&FORM=VRDGAR)

Primero se debe votar, para ganar y luego cobrar, ese es el enfoque escalonado y  correcto para tener opción de gobernar que es el fin de un movimiento político. Sin votos, no se gana, ni se cobra ni se gobierna.

En todo caso, ambas propuestas implican la violación de  normas constitucionales.  La Carta Magna fue aprobada en consulta popular y determina, precisamente, la ruta a seguir en los momentos de crisis. Ningún grupo o persona están autorizados para negociar fuera de ella.

Es cierto que ante situaciones muy complejas la Constitución se puede interpretar de manera ampliada, aplicando principios incuestionables o de orden público y con base a la justicia, pero apartarse de la interpretación taxativa requiere que se haga en forma muy clara, analizada públicamente por instituciones y personas de prestigio, no en cotos cerrados.

Creo que los factores serios de la oposición venezolana no deben asomar arreglos que colidan con la CN1999, porque ello justifica que el gobierno pueda contraproponer acuerdos o ejecutar acciones diferentes a las establecidas dentro del   tinglado jurídico. Veamos:

Argentina 1973.

El odontólogo Héctor Cámpora resultó electo Presidente de la Nación Argentina asumiendo  el 25 de mayo de 1973. En realidad nunca aspiró al cargo, había centrado su campaña en abrir espacio legal para un nuevo período al general y ex presidente Juan Domingo Perón, proscrito por los militares gobernantes al menos desde 1966 durante la última etapa de la historia contemporánea  del país austral. Perón no estaba inhabilitado técnicamente, solo  se exigía que para presentarse como aspirante debía residir en el país, requisito imposible de cumplir por el exilio al cual había sido condenado.

Argentina estaba colapsada con los problemas habituales de los países latinoamericanos y los específicos marcados por las guerrillas urbanas; la necesidad de subordinar  los militares al poder civil, puesto un grueso grupo quería continuar en el ejercicio de la denominada  revolución argentina y, el debate sobre amnistía por los delitos de violación a los derechos humanos, cometidos durante largo tiempo.

Sin embargo, la prioridad de Cámpora era permitir un tercer mandato al general Perón, así lo anunció en su Operación retorno  y el slogan popular  “Cámpora al gobierno, Perón al poder”. De manera que en cumplimiento de su oferta, ya siendo jefe del Estado, buscó al candidato en Madrid y lo acompañó en el vuelo de regreso a la patria renunciando el día 13 de julio de 1973.  La Presidencia provisional la asumió el diputado Raúl Lastiri hasta el 12 de octubre del mismo año, cuando fue investido  Presidente Constitucional Juan Domingo Perón, quien acusó a Cámpora de haber infiltrado a los comunistas en el gobierno y desatendido los problemas colectivos reales. Durante todos esos meses (25 de mayo al 12 de octubre de 1973), la nación continuó su sempiterna  y  profunda crisis política que sintió directamente Perón desde su llegada, con la Masacre de Ezeiza,  al aterrizar en el principal aeropuerto internacional de la ciudad de Buenos Aires.

Venezuela 2024.

El artículo 233 CN1999, establece las faltas absolutas del Presidente de la República: la muerte, la renuncia, la destitución, la incapacidad física o mental permanente, el abandono del cargo declarado por la Asamblea Nacional y la revocatoria popular del mandato. Solo ante alguna de ellas puede ser sustituido tanto el Presidente Electo como el Presidente en Ejercicio. La única dependiente exclusivamente de la voluntad del primer mandatario, es la renuncia.

El mismo dispositivo impone que ante la falta absoluta del Presidente Electo, se debe proceder a una nueva elección “universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes”. Mientras se cumplen las pautas electorales se encargará de la jefatura del Estado, el Presidente del Parlamento. No se otea en el panorama nacional la posibilidad de aplicación inmediata de la parte final de la norma, porque el presidente Maduro continuaría en  ejercicio de su cargo hasta el 10 de enero del 2025.

Si el Dr. González Urrutia toma posesión del cargo el 10 de enero del 2025 (para darle similitud con los hechos de Argentina en 1973) ante la falta absoluta, se abren dos posibilidades: 1) si la falta ocurre hasta el día 10 de enero del 2029, se procederá igualmente a una nueva elección “universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes” y se encargará provisionalmente (por 30 días) el Vicepresidente Ejecutivo de la República, quien no podrá ser candidato por inelegibilidad conforme al artículo 229 del texto Constitucional. 2) Si la falta ocurre durante los dos últimos años del período se encarga el Vicepresidente. En ambos  casos el nuevo Presidente debe completar el sexenio, es decir, el período no se inicia con su toma de posesión.

Este último supuesto se aplica igualmente, si el presidente Maduro renunciara de perder las elecciones el 28J, en cuyo caso  asumiría la Dra. Delcy Rodríguez hasta el 10 de enero del 2025.

Todos los escenarios de sustitución del Dr.  González Urrutia después de cumplida la hipótesis de su triunfo el 28 de julio, conducen a la repetición de las elecciones. Creo éste es  el peor de los caminos para la oposición. Venezuela no está para experimentos, cada uno podemos pensar en un hecho o en un punto que  “debió ser diferente”,  pero  para recuperar al país debemos actuar en base lo que se tiene.

Sí creo oportuno recordar un pasaje bíblico  ilustrador: Dios quiso liberar a su pueblo de los malos tratos y la servidumbre a los cuales había sido sometido por los egipcios. Designó a Moisés para conducirlo a través del desierto hasta llegar a la Tierra Prometida. Obviamente si el Ser Supremo lo había escogido era el más idóneo para cumplir la misión, sin embargo, ante la muerte de Moisés que Dios con su Poder infinito  y eterno pudo evitar, se recurrió a Josué, quien culminó la tarea. Dios bendiga a Venezuela!

     jesusjimenezperaza@gmail.com                                                                                31/05/2024.

 

6 comentarios:

  1. Se olvidan del pueblo, quien vota mandando y el mandatario tiene que gobernar obedeciendo, se vota para que gobierne, no puede burlarse del pueblo, se vota para que el gobernante, termine su mandato., es de 6 años.

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  2. Las cartas estan echadas, por Colombia huira la golpista de Corina, ya se lo dijeron a Diosdado. Operación tum tum.

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  3. Existen principios historicos y acuerdps negociados que no violentan la legalidad, puede negociarse una entrega anticipada teniendo como objetivo valores superiores como ls psz, el bien comun, no se puede caer en el fetichismo legal.

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  4. Lee detenidamente el texto Ramón, obviamente que la interpretación ampliada y axiológica de la CN es posible, el tema es quienes pueden acordar en nombre de todos, en cotos cerrados. Tenemos amplias experiencias negativas de las cuales no hemos recibido cuentas claras. Todas las negociaciones han sido violentas o desconocidas por gobierno y oposicion Ej. México, Barbados, La Haya

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