Jesús A. Jiménez Peraza
@jesusajimenezp
Primero se debe
votar, para ganar y luego cobrar, ese es el enfoque escalonado y correcto para tener opción de gobernar que es
el fin de un movimiento político. Sin votos, no se gana, ni se cobra ni se
gobierna.
En todo caso, ambas
propuestas implican la violación de normas constitucionales. La Carta Magna fue aprobada en consulta
popular y determina, precisamente, la ruta a seguir en los momentos de crisis. Ningún
grupo o persona están autorizados para negociar fuera de ella.
Es cierto que ante
situaciones muy complejas la Constitución se puede interpretar de manera
ampliada, aplicando principios incuestionables o de orden público y con base a
la justicia, pero apartarse de la interpretación taxativa requiere que se haga
en forma muy clara, analizada públicamente por instituciones y personas de
prestigio, no en cotos cerrados.
Creo que los factores serios de la oposición venezolana no deben asomar arreglos que colidan con la CN1999, porque ello justifica que el gobierno pueda contraproponer acuerdos o ejecutar acciones diferentes a las establecidas dentro del tinglado jurídico. Veamos:
Argentina 1973.
El odontólogo
Héctor Cámpora resultó electo Presidente de la Nación Argentina asumiendo el 25 de mayo de 1973. En realidad
nunca aspiró al cargo, había centrado su campaña en abrir espacio legal para un
nuevo período al general y ex presidente Juan Domingo Perón, proscrito por los
militares gobernantes al menos desde 1966 durante la última etapa de la historia
contemporánea del país austral. Perón no
estaba inhabilitado técnicamente, solo se exigía que para presentarse como aspirante
debía residir en el país, requisito imposible de cumplir por el exilio al cual
había sido condenado.
Argentina estaba
colapsada con los problemas habituales de los países latinoamericanos y los
específicos marcados por las guerrillas urbanas; la necesidad de subordinar los militares al poder civil, puesto un grueso
grupo quería continuar en el ejercicio de la denominada revolución
argentina y, el debate sobre amnistía por los delitos de violación a los
derechos humanos, cometidos durante largo tiempo.
Sin embargo, la prioridad de Cámpora era permitir un tercer mandato al general Perón, así lo anunció en su Operación retorno y el slogan popular “Cámpora al gobierno, Perón al poder”. De manera que en cumplimiento de su oferta, ya siendo jefe del Estado, buscó al candidato en Madrid y lo acompañó en el vuelo de regreso a la patria renunciando el día 13 de julio de 1973. La Presidencia provisional la asumió el diputado Raúl Lastiri hasta el 12 de octubre del mismo año, cuando fue investido Presidente Constitucional Juan Domingo Perón, quien acusó a Cámpora de haber infiltrado a los comunistas en el gobierno y desatendido los problemas colectivos reales. Durante todos esos meses (25 de mayo al 12 de octubre de 1973), la nación continuó su sempiterna y profunda crisis política que sintió directamente Perón desde su llegada, con la Masacre de Ezeiza, al aterrizar en el principal aeropuerto internacional de la ciudad de Buenos Aires.
Venezuela 2024.
El artículo 233
CN1999, establece las faltas absolutas del Presidente de la República: la
muerte, la renuncia, la destitución, la incapacidad física o mental permanente,
el abandono del cargo declarado por la Asamblea Nacional y la revocatoria
popular del mandato. Solo ante alguna de ellas puede ser sustituido tanto el
Presidente Electo como el Presidente en Ejercicio. La única dependiente exclusivamente
de la voluntad del primer mandatario, es la renuncia.
El mismo
dispositivo impone que ante la falta absoluta del Presidente Electo, se debe
proceder a una nueva elección “universal,
directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes”. Mientras
se cumplen las pautas electorales se encargará de la jefatura del Estado, el Presidente
del Parlamento. No se otea en el panorama nacional la posibilidad de aplicación
inmediata de la parte final de la norma, porque el presidente Maduro
continuaría en ejercicio de su cargo
hasta el 10 de enero del 2025.
Si el Dr. González
Urrutia toma posesión del cargo el 10 de enero del 2025 (para darle similitud
con los hechos de Argentina en 1973) ante la falta absoluta, se abren dos
posibilidades: 1) si la falta ocurre hasta el día 10 de enero del 2029,
se procederá igualmente a una nueva elección “universal, directa y secreta
dentro de los treinta días consecutivos siguientes” y se encargará
provisionalmente (por 30 días) el Vicepresidente Ejecutivo de la República,
quien no podrá ser candidato por inelegibilidad conforme al artículo 229
del texto Constitucional. 2) Si la falta ocurre durante los dos últimos años
del período se encarga el Vicepresidente. En ambos casos el nuevo Presidente debe completar el
sexenio, es decir, el período no se inicia con su toma de posesión.
Este último
supuesto se aplica igualmente, si el presidente Maduro renunciara de perder las
elecciones el 28J, en cuyo caso asumiría
la Dra. Delcy Rodríguez hasta el 10 de enero del 2025.
Todos los
escenarios de sustitución del Dr. González Urrutia después de cumplida la
hipótesis de su triunfo el 28 de julio, conducen a la repetición de las
elecciones. Creo éste es el peor de los
caminos para la oposición. Venezuela no está para experimentos, cada uno
podemos pensar en un hecho o en un punto que “debió
ser diferente”, pero para recuperar al país debemos actuar en base lo
que se tiene.
Sí creo oportuno
recordar un pasaje bíblico ilustrador:
Dios quiso liberar a su pueblo de los malos tratos y la servidumbre a los
cuales había sido sometido por los egipcios. Designó a Moisés para conducirlo a
través del desierto hasta llegar a la Tierra Prometida. Obviamente si el Ser
Supremo lo había escogido era el más idóneo para cumplir la misión, sin
embargo, ante la muerte de Moisés que Dios con su Poder infinito y eterno pudo evitar, se recurrió a Josué,
quien culminó la tarea. Dios bendiga a Venezuela!
jesusjimenezperaza@gmail.com
31/05/2024.
Se olvidan del pueblo, quien vota mandando y el mandatario tiene que gobernar obedeciendo, se vota para que gobierne, no puede burlarse del pueblo, se vota para que el gobernante, termine su mandato., es de 6 años.
ResponderEliminarLas cartas estan echadas, por Colombia huira la golpista de Corina, ya se lo dijeron a Diosdado. Operación tum tum.
ResponderEliminarSaludos
ResponderEliminarExisten principios historicos y acuerdps negociados que no violentan la legalidad, puede negociarse una entrega anticipada teniendo como objetivo valores superiores como ls psz, el bien comun, no se puede caer en el fetichismo legal.
ResponderEliminarLee detenidamente el texto Ramón, obviamente que la interpretación ampliada y axiológica de la CN es posible, el tema es quienes pueden acordar en nombre de todos, en cotos cerrados. Tenemos amplias experiencias negativas de las cuales no hemos recibido cuentas claras. Todas las negociaciones han sido violentas o desconocidas por gobierno y oposicion Ej. México, Barbados, La Haya
ResponderEliminarViolentadas
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